Resolución 562/2020
Fecha de publicación | 28 Octubre 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO |
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-71086110-APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y el Decreto N° 760 de fecha 23 de septiembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 760 de fecha 23 de septiembre de 2020 se aprobó el Modelo de Contrato Modificatorio de los Contratos de Préstamos Nros. 2776/OC-AR suscripto el 19 de marzo de 2013, 3066/OC-AR suscripto el 29 de marzo de 2014, 2929/OC-AR suscripto el 29 de marzo de 2014, 3174/OC-AR suscripto el 30 de septiembre de 2014, 3780/OC-AR suscripto el 31 de mayo de 2017, 3867/OC-RG suscripto el 26 de julio de 2017, 4229/OC-AR suscripto el 31 de octubre de 2017, 4502/OC-AR suscripto el 21 de agosto de 2018 y 4500/OC-AR suscripto el 28 de septiembre de 2018, a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (U$S 500.000.000) destinados a financiar la implementación del “Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo”.
Que el mencionado Decreto establece en su Artículo 4° la designación como “Organismo Ejecutor” del “Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo” al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a través de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, con apoyo de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, para la gestión administrativa y financiera de los recursos del citado Programa, y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como organismo subejecutor encargado de la contratación y coordinación de la evaluación del Programa, quedando ambos facultados para la realización de todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato Modificatorio aprobado.
Que, por su parte, mediante el Artículo 5° del referenciado Decreto se aprobó el Modelo de Convenio de Transferencia y Ejecución de Recursos para la ejecución del mencionado Programa, a suscribirse entre el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y el BICE Fideicomisos S.A, en su carácter de administrador del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR), y cuyo modelo integra la referida medida.
Que, finalmente...
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