Resolución 557.

Fecha de disposición01 Abril 2016
Fecha de publicación01 Abril 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 557/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 6.242/2006 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto N° 7/16.

Que la Empresa ASA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70830831-1) posee Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y el registro a su nombre de los Servicios de Telefonía Local, Telefonía Larga Distancia Nacional e Internacional, Telefonía Pública, Valor Agregado y Transmisión de Datos, otorgados a través de la Resolución N° 215 de fecha 25 de julio de 2008 dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que el Artículo 3° de la mencionada Resolución establecía un plazo de NOVENTA (90) días para la presentación de la copia certificada por escribano público de la modificación del Objeto Social en el que conste que la sociedad podrá prestar y/o comercializar servicios de telecomunicaciones, con su correspondiente constancia de inscripción ante la INSPECCIÓN REGIONAL DE PERSONAS JURÍDICAS dependiente del MINISTERIO DE GOBIERNO de la Provincia de RÍO NEGRO.

Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16 de diciembre de 2014, modificada por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia para la prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC).

Que conforme lo dispuesto en su artículo 92, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias de Servicios de Telecomunicaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR