Resolución 557/2015
Fecha de disposición | 29 Abril 2015 |
Fecha de publicación | 08 Junio 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33145 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 557/2015Bs. As., 29/4/2015
VISTO el Expediente N° 1.657.622/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.546, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo obrante a fojas 27/28 del Expediente N° 1.657.622/14 celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIALIZACIÓN PRIVADA DEL PETRÓLEO Y DEL GAS DE SALTA Y JUJUY (S.T.I.P.P.Y.G.S.J), el SINDICATO DE PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE TIERRA DEL FUEGO, por la parte gremial y la CÁMARA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS (CEPH), por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a foja 29 la CÁMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES (CEOPE) ratifica el mentado acuerdo.
Que bajo el acuerdo de marras, las partes pactan el pago de gratificaciones extraordinarias que tendrán el carácter estipulado en la Ley N° 26.176, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.
Que las partes se encuentran legitimadas para negociar colectivamente conforme surge de los antecedentes acompañados.
Que el ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde con la aptitud representativa de las entidades empleadoras signatarias y de las organizaciones sindicales firmantes, emergente de sus respectivas personerías gremiales.
Que las partes han acreditado su personería con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIALIZACIÓN...
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