Resolución 554 - E.

Fecha de disposición14 Noviembre 2016
Fecha de publicación14 Noviembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 554 - E/2016

Buenos Aires, 28/09/2016

VISTO el Expediente Nº 1.666.779/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1909 del 11 de noviembre de 2015 y la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 257 del 22 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 28/29 del Expediente Nº 1.666.779/15, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE REFINERÍAS DE MAÍZ, por el sector sindical y la empresa INGREDION ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 790/06 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo fue oportunamente homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1909 del 11 de noviembre de 2015 y registrado bajo el Nº 1637/15, conforme surge de fojas 39/41 y 44, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a tal efecto, mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 257 del 22 de abril de 2016, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales correspondientes al Acuerdo N° 1637/15.

Que a fojas a fojas 1/4 del Expediente Nº 1.720.875/16, agregado como fojas 62 al Expediente N° 1.666.779/15 obra la presentación efectuada por la parte empleadora en respuesta a lo requerido.

Que a fojas 88/88 vuelta y 89/89 vta., obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente...

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