Resolución 19/2009

Fecha de publicación25 Marzo 2009
Fecha de disposición25 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31621

Fíjanse las remuneraciones mínimas y Premio por Presentismo para el personal que trabaja en las Empresas Contratistas de la Empresa Alto Paraná S.A.

Bs. As., 11/3/2009

VISTO, el Expediente Nº 1.310.826/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Acta Nº 240 de fecha 20 de enero de 2009 la Comisión Asesora Regional (C.A.R) Nº 9 eleva un Acta Acuerdo de fecha 13 de enero de 2009, celebrada entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (UATRE) y la ASOCIACION FORESTAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS, PRODUCTORES Y AFINES DEL NEA (AFOSER), en representación de las empresas de Servicios Forestales vinculadas específicamente a la prestación de servicios forestales de la empresa Alto Paraná S.A.

Que en dicho Acuerdo las referidas partes proponen a la C.N.T.A. que se incrementen las remuneraciones mínimas y el Premio por Presentismo para las categorías contempladas en la Resolución C.N.T.A. Nº 2 de fecha 21 de febrero de 2008 para la actividad de IMPLANTACION, MANTENIMIENTO y PRODUCCION DE BOSQUES NATIVOS E IMPLANTADOS, con ámbito de aplicación exclusivo a aquellos trabajadores que desarrollen sus tareas en las empresas signatarias del Acuerdo.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento en las remuneraciones acordado para la actividad, debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Nº 563 de fecha 18 de julio de 1980 y sus modificatorios.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Fíjanse las remuneraciones mínimas y Premio por Presentismo para el personal que trabaja en las EMPRESAS CONTRATISTAS de la empresa ALTO PARANA S.A. consignadas en el Anexo I de la Resolución C.N.T.A. Nº 62 de fecha 11 de octubre de 2006, en tareas de IMPLANTACION, MANTENIMIENTO y PRODUCCION DE BOSQUES NATIVOS E IMPLANTADOS.

Art. 2º

Se deja expresa constancia que el dictado de la presente Resolución no altera la vigencia de las Resoluciones que la C.N.T.A. dicta referidas a las remuneraciones para la actividad FORESTAL, respecto de aquellos trabajadores que no se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación exclusivo determinado en el artículo 1º de la...

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