Resolución 176/2009

Fecha de disposición25 Marzo 2009
Fecha de publicación25 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31621

ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, creados por Ley Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas de alfalfa CERALFA 9100 y MAGNA 787, solicitada por la empresa DAIRYLAND SEED CO. INC., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por la empresa FORRATEC ARGENTINA S.A.

ARTICULO 2º

Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. -- Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 25/03/2009 Nº 19585/09 v. 25/03/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE ORAN Orán, 13/3/2009

Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconoce y encontrarse la misma en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415, vinculadas a las Denuncias que tramitan por ante la Jurisdicción de la División Aduana de Orán, en los términos de las Leyes 25.603 y 25.986 se procede a anunciar, en las denuncias que a continuación se detallan, la existencia y situación jurídica de la misma durante un (1) día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos , , y de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en calle Av. López y Planes Nº 801 de la ciudad de Orán (Salta). Fdo.: RAMON J. KRAUPNER. Administrador, Aduana de Orán.

DN76-08-3339, 3329, 3307, 3300, 3353, 3295, 3299, 3305, 3312, 3317, 3348, 3351, 3356, 3298, 3352, 3324, 3310, 3304, 3334, 3343, 3355, 3311, 3319, 3344, 3342, 3315, 3320, 3323, 3338, 3347, 3346, 3322, 3330, 3357, 3354, 3332, 3335, 3313, 3326, 3301, 3333, 3331, 3328, 3327.

CNP ALBERTO CORONEL, Leg. 26179-3, AFIP, DGA Orán.

e. 25/03/2009 Nº 19660/09 v. 25/03/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE ORAN Orán, 13/3/2009

Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconoce y que fueran remitidas acondicionadas como encomienda. En las que tomara intervención S.S. a cargo del Juzgado Federal de Orán,

Dr. Raúl Juan Reynoso, Secretaría Penal Nº 2 del Dr. Gustavo José Adad, en Exptes. abajo detallados y encontrarse las mismas en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415, en los términos de las Leyes 25.603 y 25.986 se procede a anunciar, en las denuncias que a continuación se detallan, la existencia y situación jurídica de la misma durante un (1) día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos , , y de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en calle Av. López y Planes Nº 801 de la ciudad de Orán (Salta). Fdo.: RAMÓN J. KRAUPNER, Administrador Aduana de Orán.

DN76-08-3148, 3153 (P-600/08), 3096, 3097 (P-456/08), 2964, 2939 (P-593/08), 2964, 3184 (P-501/08), 76-09-090 (P-635/08), 76-09-152, 181, 266, 53, 138, 43, 45, 47 (P-730/08), 76-09-245, 109, 256, 220, 50, 54, 55, 57, 48 (P-731/08), 76-09-66, 73, 74, 76 (P-866/08), 76-09-62, 65, 68, 69, 70, 71, 78, 79, 80, 81, 83, 84, 85, 87 (P-984/08).

CPN ALBERTO CORONEL, Leg. 26179-3, AFIP DGA Orán.

e. 25/03/2009 Nº 19661/09 v. 25/03/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE ORAN Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art.1001 CA), sita en Avenida López y Planes Nº 801 Orán (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el...

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