Resolución 2247/2009

Fecha de disposición12 Marzo 2009
Fecha de publicación12 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31613

Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del entonces Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 9/3/2009

VISTO el Expediente Nº S01:040060/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 7443 de fecha 5 de noviembre de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se autorizó el pago a la firma CAPILLA DEL SEÑOR S.A., por la suma total de PESOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTAY NUEVE CON UN CENTAVO ($91.539,01).

Que dicho pago se efectuó en concepto de la compensación establecida por las Resoluciones Nros. 170 de fecha 18 de julio de 2008 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 4061 de fecha 16 de septiembre de 2008 de la citada Oficina Nacional.

Que la liquidación abonada corresponde al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe calculado, el cual consiste en la suma de PESOS CERO CON QUINCE CENTAVOS ($0,15) por cada litro de leche utilizado en la elaboración de los productos detallados en el ANEXO I (PRODUCTOS) y que fueran comercializados en el mercado interno durante los meses de julio y agosto de 2008.

Que la firma solicitante cuenta con informe favorable de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION respecto del cumplimiento de las pautas de precios internos acordados con el Gobierno Nacional.

Que el Area de Lácteos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha constatado los extremos requeridos por el Artículo 9º y concordantes de la mencionada Resolución Nº 4061/08, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 13/16.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la aludida Oficina Nacional, no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de la diferencia entre el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) abonado mediante la citada Resolución Nº 7443/08 y la liquidación final resultante.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en función de lo dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 170 de fecha 18 de julio de 2008, todas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 4061 de fecha 16 de septiembre de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase la diferencia de compensación a la firma CAPILLA DEL SEÑOR S.A.

por la suma de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($14.296,64) resultante de la liquidación final y el OCHENTA...

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