Resolución 532 - E.

Fecha de disposición09 Noviembre 2016
Fecha de publicación09 Noviembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 532 - E/2016

Buenos Aires, 27/09/2016

VISTO el Expediente N° 1.697.857/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 10/11 del Expediente N° 1.697.857/15, obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y la empresa CANNON PUNTANA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron abonar un aumento en los rubros viáticos y almuerzo y asimismo se incrementa la base del premio de productividad, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y la empresa CANNON PUNTANA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 10/11 del Expediente N° 1.697.857/15, conforme a lo...

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