Resolución 532/2022
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Sección | Resoluciones |
Fecha de publicación | 10 Mayo 2022 |
Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2022
VISTO, el EX-2022-43459443-APN-DGD#MT, los artículos 16, 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, el Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la discriminación (empleo y ocupación) (1958) ratificado mediante Nº Ley 17.677, el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la violencia y el acoso (2019) ratificado mediante Ley Nº 27.580, la Ley de Cooperativas Nº 20.337; y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Nacional en su artículo 16 establece que todos los habitantes de la Nación son iguales ante la ley, y el artículo 75 inciso 22 introduce en el ordenamiento jurídico numerosos tratados internacionales de los derechos humanos que garantizan la igualdad y la no discriminación.
Que mediante Ley N° 27.580, nuestro país ha ratificado el Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190) de la Organización Internacional del Trabajo.
Que a través de dicho Convenio se reconoce el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género, y reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos.
Que asimismo se reconoce que los Estados Miembros tienen la importante responsabilidad de promover un entorno general de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso, y que todos los actores del mundo del trabajo deben abstenerse de recurrir a la violencia y el acoso, prevenirlos y combatirlos.
Que entre los principios fundamentales se establece que las acciones a adoptar por los Estados Miembros deberán contemplar un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuentas las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Y en particular, establece la necesidad de desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación y de formación, y actividades de sensibilización, en forma accesible, orientadas a los diferentes actores del mundo del trabajo.
Que la Recomendación sobre la promoción de las cooperativas, 2002 (núm. 193) de la OIT, aplicable a todos los tipos y formas de cooperativas, recomienda a los Estados Miembro que las políticas nacionales deberían, entre otros, promover la aplicación de las normas fundamentales del trabajo de la OIT y de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a todos los trabajadores de las cooperativas sin distinción...
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