Resolución 532/2018

Fecha de publicación21 Octubre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2018

VISTO el Expediente Nº 6.878/14 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/11 del Expediente N° 7477/15, agregado al Expediente Nº 6.878/14 como foja 50, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ratificado a foja 1 del Expediente N° 7477/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a su vez, a fojas 10/11 y 21/36 del Expediente N° 7537/15, agregado al Expediente Nº 6.878/14 como foja 51, los mismos agentes negociadores suscriben un Acuerdo y Anexo, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 3/6, 11/15, 22/25 y 27/38 del Expediente N° 7727/16, agregado al Expediente Nº 6.878/14 como foja 53, las suscriptas celebran un nuevo Acuerdo y Anexos, respectivamente, ratificados a foja 110, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo, a fojas 2/4 del Expediente N° 7857/16, agregado al principal como foja 66, las mismas partes celebran un nuevo Acuerdo, ratificado a foja 1 del Expediente N° 7857/16, agregado al principal como foja 66, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en los mentados Acuerdos los agentes convienen modificaciones salariales y laborales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09, conforme surge de los términos y condiciones del texto pactado.

Que a fojas 77 y 98/99 del Expediente Nº 6.878/14, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL) y el CONSEJO VIAL FEDERAL proceden a ratificar los textos pactados, en carácter de signatarias del Convenio precitado.

Que corresponde indicar que el Anexo obrante a fojas 9/10 del Expediente N° 7727/16, agregado al principal como foja 53, no resulta susceptible de homologación, toda vez que trata de la estructura orgánica de la empleadora.

Que a su vez, cabe hacer saber a las partes que los listados de personal obrantes a fojas 16/21 del Expediente N° 7727/16, agregado al principal como foja 53, y a fojas 5/8 del Expediente N° 7857/16, agregado al principal como foja 66, no serán materia de homologación.

Que el ámbito de aplicación de los presentes Acuerdos se...

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