Resolución 531/2019

Fecha de publicación15 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES


Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019

VISTO la necesidad de actualizar y facilitar la implementación del régimen en materia de seguros del Organismo y el “Instructivo para el cumplimiento de las obligaciones mínimas sobre responsabilidades civiles y seguros”, aprobado mediante Resolución H.D. Nº 218/2008, cuyas actuaciones han recaído en el Expediente EX-2019-82184275-APN-DGA#APNAC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución H.D. Nº 218/2008, se aprobó el “Instructivo para el cumplimiento de las obligaciones mínimas sobre responsabilidades civiles y seguros” con aplicación a los prestadores y guías de actividades turísticas.

Que las cuestiones relativas a los seguros resultan de vital importancia para esta Administración, por sus implicancias económicas, administrativas, civiles e incluso penales, ante la responsabilidad derivada de eventuales siniestros que pudieran ocurrir dentro de su jurisdicción.

Que la actividad turística, como toda otra actividad humana, entraña riesgos tanto para quien la disfruta, como para quien hace de su explotación habitual u ocasional un medio de subsistencia.

Que en relación a los prestadores, el hecho de ofrecer y desarrollar servicios turísticos a terceros, los expone a la eventual ocurrencia de siniestros que podrían comprometer su responsabilidad y que, por ende, provocarían una afectación patrimonial, al momento de afrontar indemnizaciones a terceros.

Que de la experiencia adquirida por las Áreas Protegidas en los últimos años, surge la necesidad de readecuar las obligaciones en materia de seguros que se exigen a los prestadores de servicios turísticos y demás actividades comerciales, así como los montos de cobertura mínimos que deben contener las pólizas, y las condiciones que aseguren un amparo adecuado para cada tipo de actividad.

Que en ese sentido, resulta imperiosa la necesidad de actualizar el marco de protección al visitante, cuya insuficiencia podría afectar indirectamente la sustentabilidad presupuestaria de esta Administración, la cual resulta subsidiariamente responsable frente a los daños derivados de la actividad comercial desarrollada en su ámbito jurisdiccional.

Que habiendo transcurrido un tiempo considerable desde la aprobación del “Instructivo para el cumplimiento de las obligaciones mínimas sobre responsabilidades civiles y seguros” a través de la Resolución H.D. Nº 218/2008, se estima necesario aprobar un nuevo texto normativo que reformule el citado instructivo, dándole carácter de reglamento, de aplicación...

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