Resolución 53-E.

EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO
Fecha de la disposición17 de Abril de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 53-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2017

VISTO el Expediente Nº 1.694.251/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.694.251/15 y Acta Complementaria obrante a foja 1 del Expediente N° 1.781.184/16, agregado como fojas 45 al Expediente Principal, ratificado a fojas 61, celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES por la parte sindical y la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el acuerdo de marras las precitadas partes acuerdan que los trabajadores que realicen jornada de 6.30 y 7 horas, sea que la misma se cumpla en horario diurno, mixto o nocturno, la extensión de jornada será de 6.30 y 7 horas, según corresponda el grupo laboral, conforme surge del texto convencional traído a marras.

Que el presente Acuerdo se efectúa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 547/03 "E".

Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe a la estricta correspondencia que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge...

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