Resolución 53/2015

Fecha de disposición20 Marzo 2015
Fecha de publicación03 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33164



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 53/2015Bs. As., 20/03/2015

VISTO el Expediente N° S05:0001775/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CHACRA EXPERIMENTAL INTEGRADA BARROW), ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética de avena (Avena sativa L.) de denominación BONAERENSE INTA SUREÑA, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 11 de marzo de 2014, según Acta N° 411, para el Registro Nacional de Cultivares y en su reunión de fecha 7 de octubre de 2014 según acta N° 418, para el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictaminado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley...

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