Resolución 529.

Fecha de disposición20 Septiembre 2016
Fecha de publicación20 Septiembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 529/2016

Buenos Aires, 21/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.708.134/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente N° 1.708.134/16 obra el Acuerdo celebrado entre la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELERO Y GASTRONÓMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA SECCIONAL TIERRA DEL FUEGO por el sector sindical y la ASOCIACIÓN DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA DELEGACIÓN TIERRA DEL FUEGO por el sector empleador, el cual es ratificado por la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELERO Y GASTRONÓMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ENTIDAD CENTRAL) y la ASOCIACIÓN DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA a fojas 20, conforme lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) de Convenciones Colectivas de Trabajo.

Que en el mismo, las partes pactan implementar un adicional que se denominará "ADICIONAL TIERRA DEL FUEGO".

Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 362/03.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos y han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que una vez dictado el presente acto administrativo, se remitirán las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de base promedio y tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELERO Y GASTRONÓMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA SECCIONAL TIERRA DEL FUEGO por el sector sindical y la ASOCIACIÓN DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA DELEGACIÓN TIERRA DEL FUEGO por el sector empleador, que luce a fojas 2/4 del Expediente N° 1.708.134/16 el cual...

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