Resolución 528/2019

Fecha de publicación30 Agosto 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE
Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-49415743-APN-SSTA#MTR, las Leyes Nº 23.966, N° 25.031 y Nº 27.430, los Decretos N° 976 de fecha 31 de julio de 2001, N° 652 de fecha 19 de abril de 2002, N° 1488 de fecha 26 de octubre de 2004, N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006, N° 449 de fecha 18 de marzo de 2008, N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 1122 de fecha 29 de diciembre de 2017 y Nº 301 de fecha 13 de abril de 2018, las Resoluciones N° 168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, N° 422 de fecha 21 de septiembre de 2012 y N° 962 de fecha 18 de diciembre de 2012 ambas del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, N° 65 de fecha 23 de abril de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, N° 491 de fecha 5 de junio de 2018 y N° 713 de fecha 14 de agosto de 2018 ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, Nº 114 de fecha 15 de agosto de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, N° 1077 de fecha 7 de diciembre de 2018, N° 1144 de fecha 27 de diciembre de 2018 y N° 16 de fecha 10 de enero de 2019 todas ellas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, N° 3 de fecha 11 de enero de 2019 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, N° 148 de fecha 15 de marzo de 2019 y N° 207 de fecha 11 de abril de 2019 ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE y N° 66 de fecha 8 de mayo de 2019 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4° del Decreto N° 652 de fecha 19 de abril de 2002 se estableció el régimen de compensaciones tarifarias al sistema de servicio público de transporte automotor de pasajeros de áreas urbanas y suburbanas, denominado SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU).

Que por los artículos 1° y 6° del Decreto N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006 se estableció, con carácter transitorio, el RÉGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) destinado a compensar los incrementos de costos incurridos por las empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano, que presten servicios dentro del ámbito geográfico determinado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031 y en las unidades administrativas establecidas por la Resolución N° 168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, que fueron modificadas en último término por la Resolución N° 66 de fecha 8 de mayo de 2019 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, por su parte, el Decreto N° 1122 de fecha 29 de diciembre de 2017 tuvo por consolidados los objetivos tenidos oportunamente en consideración para el dictado del Decreto N° 678/06, disponiendo a través de su artículo 1° que a los fines de dar estabilidad a la distribución de los recursos del Fideicomiso creado por el artículo 12 del Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001 y para asegurar el correcto financiamiento del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) y de la COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP), facultar al MINISTERIO DE TRANSPORTE a destinar los recursos del Presupuesto General para que se transfieran al Fideicomiso con el objeto de afrontar, de manera complementaria o integral, las obligaciones que se generen en el marco del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) y del RÉGIMEN DE COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP), en los términos del artículo 4° del Decreto Nº 652/02 y del artículo 2° del Decreto Nº 1488/04, y sus normas concordantes y complementarias.

Que el artículo 3° de la Resolución N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE aprobó la “METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE COSTOS DE EXPLOTACIÓN DEL TRANSPORTE URBANO Y SUBURBANO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE JURISDICCIÓN NACIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES”.

Que por el artículo 7° bis de la Resolución N° 422 de fecha 21 de septiembre de 2012 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, sustituido por el artículo 5° de la Resolución N° 491 de fecha 5 de junio de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se estableció una compensación por asignación específica (Demanda) representativa de la diferencia tarifaria aplicable respecto de los usos en el sistema de transporte público automotor de pasajeros, que surja de la información del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) y según la categoría de tarifas establecidas para la Jurisdicción Nacional y/o Provincial, y tipo de servicio de los prestadores de los servicios de transporte de pasajeros urbanos y suburbanos de la REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES correspondientes a la Jurisdicción Nacional, Provincial y Municipal.

Que por la Resolución N° 1077 de fecha 7 de diciembre de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se procedió a modificar el artículo 7º bis de la Resolución N° 422/12 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a fin de reflejar las actualizaciones tarifarias producidas en virtud de lo estatuido por la Resolución N° 713 de fecha 14 de agosto de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, aplicables a los servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano que se desarrollan en el ámbito geográfico delimitado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031, valores respecto de los cuales adhirió la PROVINCIA DE BUENOS AIRES mediante la Resolución Nº 114 de fecha 15 de agosto de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que por el artículo 8º de la Resolución N° 962 de fecha 18 de diciembre de 2012 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, sustituido en último término por el artículo 4º de la Resolución Nº 65 de fecha 23 de abril de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se establecieron los porcentajes de distribución aplicables a los parámetros básicos que resultan representativos de la incidencia de los rubros involucrados conforme la Resolución Nº 37/13 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a los efectos del cálculo de las compensaciones tarifarias con destino a las empresas de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano que presten servicios dentro del ámbito geográfico determinado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031 y en la órbita de las unidades administrativas establecidas por la Resolución N° 168/95 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, sus normas concordantes, complementarias y modificatorias.

Que por la Resolución N° 1144 de fecha 27 de diciembre de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se estableció implementar, en el corto plazo, la distribución de las compensaciones tarifarias con destino a las empresas de transporte público por automotor de pasajeros que prestan servicios en el ámbito geográfico delimitado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031, en forma completa por la asignación específica a la demanda registrada de los servicios, de acuerdo a la información que se genera a través del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.).

Que, a dichos fines, la citada Resolución N° 1144/2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE determinó una metodología de distribución de transición progresiva en la que coexistan la distribución de las compensaciones tarifarias, tanto por criterios de oferta como de demanda, a los efectos de permitir una adaptación adecuada a dicho cambio.

Que el inciso d) del artículo 2° de la referida Resolución N° 1144/2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha sido rectificado a través de la Resolución N° 148 de fecha 15 de marzo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en atención a un error material involuntario referido a la tarifa técnica a reconocer para los servicios expresos y para los servicios expresos por autopistas.

Que mediante la Resolución N° 16 de fecha 10 de enero de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobaron los cuadros tarifarios correspondientes a los servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional, valores respecto de los cuales adhirió la PROVINCIA DE BUENOS AIRES a través de la Resolución N° 3 de fecha 11 de enero de 2019 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que por la Resolución N° 207 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobaron los cálculos de los COSTOS E INGRESOS MEDIOS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS URBANOS Y SUBURBANOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES correspondientes a los meses de diciembre de 2018 y enero a abril, todos del año 2019, así como también los montos de las compensaciones tarifarias a distribuir entre los prestadores de los servicios de transporte público por automotor de pasajeros actuantes en el ámbito geográfico definido por el artículo 2° de la Ley N° 25.031 y en las unidades administrativas establecidas por la Resolución N° 168/95 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, con las modificaciones introducidas en último término por la Resolución Nº 66/19 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que es política del ESTADO NACIONAL adecuar las compensaciones tarifarias que se vienen asignando, aumentando progresivamente el porcentaje de participación a la asignación específica a la demanda, de acuerdo a la información que se genera a través del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.), el cual constituye una herramienta de vital...

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