Resolución 1/2009

Fecha de disposición10 Marzo 2009
Fecha de publicación10 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31611

Se establece que la Administración Nacional de la Seguridad Social tramitará las ofertas de empleo del personal no jerárquico de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones que opten por incorporarse al Estado Nacional.

Bs. As., 27/2/2009

VISTOelExpedienteJEFGABMINNº000697/2009 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.425, el Decreto Nº 2105 de fecha 4 de diciembre de 2008, la Resolución de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO Nº 1 del 17 de diciembre de 2008, y la Resolución de la Dirección Ejecutiva de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL del 5 de enero de 2009, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la Ley Nº 26.425 estableció que, en los supuestos de extinción de la relación laboral por despido directo dispuesto por las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, a través de las áreas competentes se realizarán todos los actos necesarios para garantizar el empleo de los dependientes no jerárquicos de dichas Administradoras que opten por incorporarse al Estado Nacional.

Que mediante el artículo 7º del Decreto Nº 2105/2008 se dispuso que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tendrá a su cargo la realización de los actos necesarios para garantizar el empleo de los dependientes directos no jerárquicos de las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, cuyos contratos de trabajo se hubiesen extinguido por despido directo dispuesto como consecuencia de las prescripciones de la Ley Nº 26.425.

Que mediante el artículo 1º de la Resolución de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO Nº 1/08, se establecieron las disposiciones a las cuales estará sujeta la incorporación al Estado Nacional de los mencionados dependientes.

Que mediante Resolución D.E.Nº 001 del 5 de enero de 2009, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, haciendo uso de la facultad conferida por el artículo 8º del Decreto Nº 2105/08, dictó normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del mencionado Decreto.

Que en tal sentido, para asegurar el cumplimiento del artículo 14 de la Ley Nº 26.425 y para facilitar las tareas a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de conformidad con lo dispuesto por el inciso d) del artículo 1º de la citada Resolución de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO Nº 1/08, se ha considerado conveniente disponer la tramitación de las respectivas ofertas de empleo de quienes hubiesen optado por incorporarse al Estado Nacional.

Que, a su vez, debe preverse la situación del personal de las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES afectados a las tareas que estas deben realizar para concluir las relaciones jurídicas subsistentes y para completar el proceso técnico-jurídico de su liquidación.

Que para ello, corresponde establecer que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD...

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