Resolución 527/2018

Fecha de publicación18 Octubre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2018

VISTO el Expediente N° 1.761.385/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones luce la solicitud de homologación del Acuerdo y su Anexo, obrante a fs. 3 y 4/5 respectivamente celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA por la entidad gremial y ENERGYST RENTAL SOLUTIONS ARGENTINA SA por la parte empresaria conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho instrumento las partes acuerdan un incremento salarial y el pago de una suma no remunerativa.

Que el ámbito de aplicación de los instrumentos cuya homologación se pretende, se corresponde con la actividad principal de la empleadora firmante, y la representatividad de la Entidad Sindical suscriptora, emergente de su Personería Gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia del efectuar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 676/17

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Declárase homologado el Acuerdo y Anexo de fs. 3 y 4/5 respectivamente celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA por la entidad gremial y ENERGYST RENTAL SOLUTIONS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación...

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