Resolución 526/2021

Fecha de publicación06 Septiembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 03/09/2021

VISTO el EX-2021-16720916- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 24.013 y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, los Decretos Nros. 332 de 1 de abril de 2020 y 347 del 5 de abril de 2020, la Decisión Administrativa N° 1183 del 2 de julio de 2020 y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus modificatorias y complementarias, 1119 del 30 de diciembre de 2020, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 229 del 4 de mayo de 2021 387 del 7 de Julio de 2021, y 415 del 16 de Julio de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.013 y sus modificatorias previó el despliegue de acciones por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL dirigidas a mejorar la situación socioeconómica de la población, adoptando como eje principal la política de empleo, comprensiva ésta de la promoción y defensa del empleo.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como autoridad de aplicación de la mencionada ley, tiene a su cargo la elaboración de planes y programas y en tal sentido, dentro de sus competencias, tiene la facultad de disponer todas las medidas necesarias para alcanzar los objetivos previstos por las leyes a fin de atender situaciones que pongan en peligro la calidad y/o cantidad de puestos de trabajo.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias se creó, en el ámbito de este Ministerio, el “Programa REPRO II”, que consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1119 del 30 de diciembre de 2020, se estableció que los empleadores y empleadoras del Sector del Transporte de pasajeros urbano y suburbano, que perciban subsidios por parte del ESTADO NACIONAL, no podrán acceder al Programa REPRO II.

Que posteriormente por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 229 del 4 de Mayo de 2021 se aprobó el listado de las empresas del Sector Transporte Automotor de Pasajeros que perciben subsidios del Estado Nacional y están excluidas de ser beneficiarias del Programa REPRO II, y a su vez aprobó el listado de trabajadores de las empresas del Sector Transporte Automotor de Pasajeros que...

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