Resolución 525-E.

Fecha de disposición23 Mayo 2017
Fecha de publicación23 Mayo 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 525-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2017

VISTO el Expediente N° 1.285.523/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente N° 1.744.492/16 agregado a fojas 549 al principal, obra el Acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN DE OBREROS MOSAÍSTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL MOSAICO Y AFINES, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 650/12, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada en los Acuerdos de marras, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte...

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