Resolución 27/2009

Fecha de publicación03 Marzo 2009
Fecha de disposición03 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31606

1153); COOPERATIVA DE TRABAJO FORESTALY VIVIENDA EL PUCU LIMITADA, Mat. 13.745 (Expte. 1615/07, Res.1514); COOPERATIVA DE VIVIENDA NUEVA ESPERANZA III LIMITADA, Mat. 25.803 (Expte. 1276/07, Res. 1228); COOPERATIVA DE TRABAJO AGROCOOP LIMITADA, Mat. 15.595 (Expte. 5655/05, Res. 3208), domiciliadas estas entidades en Capital Federal, designándose a la suscrita como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda el plazo de DIEZ (10) días, para que presenten su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (Artículo 1º inciso f) de la Ley 19.549) que comenzará a regir desde el último día de publicación.- Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representantes legales (Artículos 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). Notifíquese. El presente deberá publicarse por TRES (3) días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). -- Fdo.: Dra. MARIA LUCRECIA CICHERO, Instructora Sumariante.

e. 02/03/2009 Nº 13556/09 v. 04/03/2009 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S, que ha sido designada Instructora Sumariante, por la Secretaría de Contralor, según Providencia Nº 4329/08 y en tal carácter, ha resuelto declarar la cuestión de puro derecho en los sumarios que se tramitan a la siguiente entidad: COOPERATIVA DE TRABAJO DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION C.T.C. LTDA., matrícula 27.724, expediente Nº 3491/06, con domicilio leal en la Ciudad de Buenos Aires 'Dispongo: Artículo 1º. Notifíquese la designación de la suscripta como Instructor Sumariante, según Providencia 4329/08 de la Secretaría de Contralor. Artículo 2º Dásele por decaído el derecho dejado de usar, para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del Artículo 1º inciso e) apartado 8º del Decreto Ley 19.549 (T.O. 1991). Artículo 3º. Declárase la cuestión de puro derecho.

Artículo 4º

Acuérdase a la causante el plazo de diez (10) días, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la...

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