Resolución 9000/2005
Fecha de disposición | 13 Septiembre 2005 |
Fecha de publicación | 13 Septiembre 2005 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30737 |
Administración de Programas Especiales
Administración de Programas Especiales
AGENTES DEL SEGURO DE SALUD
Resolución 9000/2005
Modifícase la Resolución Nº 7800/2003 en relación con la presentación de documentación por parte de los Agentes del Seguro de Salud, en lo atinente a las rendiciones de cuentas de los subsidios que les fueran otorgados.
Bs. As., 9/9/2005
VISTO la Resolución Nº 7800/03 - APE y,
CONSIDERANDO:
Que la Resolución citada en primer término en el VISTO aprueba las normas y procedimientos a los que deberán ajustarse los Agentes de Salud en lo atinente a las rendiciones de cuentas de los subsidios otorgados por esta Administración de Programas Especiales.
Que los Agentes del Seguro de Salud, se ven obligados a presentar originales y copias de la documentación, a efectos que, personal de esta Administración, verifique la autenticidad de las duplicaciones entregadas.
Que la situación descripta genera el traslado de documentación original, lo que conlleva, además del riesgo que la misma se extravíe, un retardo innecesario al momento de la presentación de la rendición, ya que esta Administración debe cotejar uno a uno cada original con su copia.
Que a efectos de agilizar la presentación y posterior análisis de los trámites de rendición de cuentas presentados por los Agentes del Seguro de Salud, es conveniente proceder a la modificación de la Resolución Nº 7800/03 - APE, adecuando algunos plazos y procedimientos que redundarán en beneficio de los Agentes de Salud sin que ello afecte la finalidad de control ni soslayar la transparencia que la obligación impuesta reconoce en la normativa.
Por ello y de acuerdo con lo dispuesto a través de los Decretos Nº 53/98 y 167/02,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE:
Modifícase el punto 1) del Anexo I de la Resolución Nº 7800/03 - APE el que quedará redactado de la siguiente manera: "1.- PRESENTACION. Para considerar rendido un apoyo financiero, los Agentes del Seguro de Salud deberán enviar a esta Administración de Programas Especiales, dentro de los treinta (30) días hábiles de recibido el subsidio o de terminado el período del tratamiento por el cual se solicitó el subsidio, la documentación que se incluirá en el punto 1.1.
La documentación deberá presentarse en copia certificada por Contador Público Independiente en el Sector Recepción de...
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