Resolución 52.
Fecha de disposición | 11 Abril 2016 |
Fecha de publicación | 11 Abril 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 52/2016
Bs. As., 07/04/2016
VISTO el Expediente N° S02:0134030/2015 del registro del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA; y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4° del Decreto N° 652 de fecha 19 de abril de 2002 se estableció el régimen de compensaciones tarifarias al sistema de servicio público de transporte automotor de pasajeros de áreas urbanas y suburbanas.
Que a través del artículo 3° de la Resolución N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se aprobó la METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE COSTOS DE EXPLOTACIÓN DEL TRANSPORTE URBANO Y SUBURBANO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE JURISDICCIÓN NACIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Que por los artículos 1° y 6° del Decreto N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006 se estableció el RÉGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), destinado a compensar los incrementos de costos incurridos por las empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano para las empresas que presten servicios dentro del ámbito geográfico determinado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031 y en las unidades administrativas establecidas por la Resolución N° 168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que por Resolución N° 579 de fecha 24 de junio de 2014 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y Resolución N° 196 de fecha 30 de junio de 2014 de la AGENCIA PROVINCIAL DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se fijaron los actuales valores tarifarios, a partir de julio de 2014, para el transporte automotor de pasajeros, de carácter urbano y suburbano, para las empresas que presten servicios dentro del ámbito geográfico determinado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031.
Que la Resolución N° 39 de fecha 5 de febrero de 2014 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE estableció que semestralmente serán calculados los Costos e Ingresos Medios de los Servicios de Transporte de Pasajeros Urbanos y Suburbanos de la REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, actualizando los datos considerados en el Anexo 7 - "Datos Básicos para el Cálculo Tarifario" aprobado por el Anexo II de la Resolución N° 843 de fecha 13 de 2013 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y sus modificatorias, con la base de datos de kilómetros efectivamente verificados a través de la información que suministren los módulos G.P.S. (siglas en inglés de Global Positioning System) del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.).
Que la Resolución N° 1905 de fecha 24 de septiembre de 2015 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE determinó los kilometrajes de referencia en el ANEXO VII, resultando en tal sentido oportuno detallar el kilometraje de referencia de cada operador y de cada agrupamiento tarifario, producto de los registros informativos del G.P.S. del S.U.B.E. del año calendario de 2015, a los efectos del cálculo de costos de cada agrupamiento tarifario y de la consecuente determinación de las compensaciones tarifarias.
Que asimismo, la mentada normativa dispone calcular semestralmente, en base a la información del S.U.B.E. suministrada por NACIÓN SERVICIOS S.A., y para cada Grupo de Tarifación y/o Subgrupo, variables tales como el Factor de Nocturnidad y el Costo de Personal; todo a efectos del cálculo de COSTOS E INGRESOS MEDIOS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS URBANOS Y SUBURBANOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Que por otra parte y atento a la mayor precisión informativa de Recaudación y...
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