Resolución 52/2021

Fecha de publicación01 Marzo 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA


Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-16237739- -APN-DGD#MDP y la Resolución N° 327 de fecha 1 de julio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 327 de fecha 1 de julio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, se creó el “PROGRAMA SOLUCIONA. REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, cuyo objetivo consiste en brindar asistencia financiera a personas jurídicas para favorecer la reactivación económica del país, mediante el desarrollo y/o la implementación de soluciones, productos y/o servicios innovadores generados por los sectores de la economía del conocimiento, a los efectos de brindar soluciones que atiendan las problemáticas sanitarias, económicas y productivas generadas por la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación con el Coronavirus COVID19.

Que, a su vez, por la citada resolución se designó como Autoridad de Aplicación del citado programa a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y se aprobó el Reglamento Operativo del mismo.

Que, en relación a ello, se facultó a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación, como así también, a modificar el Reglamento Operativo, en caso de resultar necesario.

Que, en tal sentido resulta conveniente, a los fines de darle un mayor grado de celeridad a la tramitación de los expedientes que tramitan al amparo del referido Programa, realizar ciertos ajustes al procedimiento establecido en el Reglamento Operativo, propiciando la modificación del Punto 8 del mismo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 3° de la Resolución N° 327/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Punto 8 del Anexo a la Resolución N° 327 de fecha 1 de julio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, por el siguiente:

“8. ANÁLISIS, EVALUACIÓN Y APROBACIÓN O RECHAZO:

La Dirección Nacional de Desarrollo de Economía del Conocimiento, dependiente de...

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