Resolución 123/2009

Fecha de disposición13 Febrero 2009
Fecha de publicación13 Febrero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31594

Que por razones de operatividad se entiende conveniente que el Programa de Trabajo en Cárceles, dependa directamente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS.

Que asimismo las dificultades que encierra la línea de trabajo productivo que lleva a cabo el Ente Cooperador, el medio en que se desenvuelve la misma y la conveniencia de adoptar herramientas de administración empresarial creando escenarios similares al entorno laboral externo que familiaricen a los internos con las características de un sector productivo y con todas sus exigencias tecnológicas, laborales y organizativa, permitiéndole de ese modo competir en condiciones de igualdad con el resto de los ciudadanos, tornan necesario reformular las acciones del Programa, con el fin de integrarlo como órgano de colaboración interadministrativa con el citado Ente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURLDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra facultado para emitir el presente acto, en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 4º, inciso b), apartado 9 y artículo 22, inciso 13 de la Ley de Ministerios t.o. 1992 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

Artículo 1º

Sustitúyese el artículo 2º de la Resolución M.J. y D.H. Nº 279/06 por el siguiente:

'ARTICULO 2º.- Impleméntase en el ámbito de este Ministerio el `PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES' con dependencia funcional directa de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS.

Dicho Programa tendrá como objetivo la formación en los internos de hábitos laborales, generando para ellos oportunidades de empleo productivas en consonancia con los lineamientos y exigencias del mercado laboral.' Art. 2º -- Sustitúyese el artículo 3º de la Resolución M.J. y D.H. Nº 279/06 por el siguiente:

'ARTICULO 3º.- Serán acciones del PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES, las siguientes:

  1. Asistir al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios en la implementación de políticas que incrementen la eficacia y la transparencia en la gestión del trabajo de los internos alojados en las Unidades Penitenciarias Federales.

  2. Asistir al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios en la adopción de medidas que contribuyan al desarrollo del ENTE COOPERADOR PENITENCIARIO (E.N.C.O.P.E.) a fin de dar mayor eficacia y transparencia a los recursos destinados al trabajo y la producción de los internos.

  3. Asesorar al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios en la implementación y desarrollo del Concurso de Proyectos con los sectores productivos para fabricación y venta masiva de bienes y servicios elaborados por internos penitenciarios.

  4. Colaborar y asesorar en forma permanente al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios en la realización de actividades industriales, comerciales y en general cuantas operaciones se relacionen con el trabajo penitenciario.

  5. Asistir al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios en la comunicación y celebración de convenios con entidades públicas y/o privadas a fin de fomentar el acceso al empleo del interno a través del ENTE COOPERADOR PENITENCIARIO (E.N.C.O.P.E.)

  6. Asesorar al Subsecretario de Asuntos Penitenciarios en la implementación de medidas funcionales y operativas en el ENTE COOPERADOR PENITENCIARIO (E.N.C.O.P.E.), que permitan el desarrollo de procesos productivos, abarcando la producción, comercialización y distribución de los bienes que elaboren los internos, que contribuyan a la resolución de problemas y a transformar ideas en procedimientos.

  7. Colaborar en la realización de proyectos que contribuyan a la difusión, contacto y canalización de ofertas de colaboración en diversos sectores de la actividad industrial.

Art. 3º

A los fines expuestos en los artículos anteriores integrarán el PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES expertos especializados en diferentes áreas de gestión empresarial, los que serán contratados por el Sistema de Ley Comercio, sin que ello implique gasto alguno con cargo al Presupuesto asignado a esta jurisdicción, para el año en curso.

Art. 4º

Déjanse sin efecto los artículos 4º y 5º de la Resolución M.J. y D.H. Nº 279/06.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández.

Ente Nacional Regulador de la Electricidad PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA Resolución 123/2009

Apruébanse con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., durante el período comprendido entre el 10 de enero de 2009 y el 9 de febrero de 2009.

Bs. As., 4/2/2009

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución SE Nº 1170/08, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005 y CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante 'Versión 2005 del PUREE'), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante 'Versión 2004 del PUREE').

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester, adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información...

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