Resolución 1413/2008

Fecha de disposición06 Febrero 2009
Fecha de publicación06 Febrero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31589

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 81/2009

Desígnase a la Subsecretaria de Políticas de la Seguridad Social, de la Secretaría de Seguridad Social.

Bs. As., 3/2/2009

VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase en el cargo de Subsecretaria de Políticas de la Seguridad Social, dependiente de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a la Licenciada Doña Emilia Eugenia ROCA (M.I. Nº 4.703.557) .

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Carlos A. Tomada.

reSolucioneS Ministerio de Planificación Federal,

Inversión Pública y Servicios ACTIVIDAD FERROVIARIA Resolución 1413/2008

Transfiérese en afectación a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF S.E.) el patrimonio ferroviario.

Bs. As., 28/11/2008

VISTO el Expediente Nº 768/2008 del Registro del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 26.352, el Decreto Nº 443 de fecha 1º de junio del 2000 y su modificatorio Decreto Nº 2693 del 27 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 752 de fecha 6 de mayo de 2008, y CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de febrero de 2008 se sancionó la Ley Nº 26.352 cuyo objeto es el reordenamiento de la actividad ferroviaria, ubicando como pieza clave de toda acción, de los nuevos criterios de gestión y de rentabilidad, la consideración del usuario, conforme a las pautas que se fijan en su articulado.

Que en dicho marco y fundado en las experiencias internacionales más destacadas para el sector, la Ley introduce el concepto de separación horizontal del sistema ferroviario, diferenciando la gestión de la infraestructura ferroviaria, de la operación de los servicios de transporte de pasajeros y de cargas.

Que para la consecución de dichos objetivos la Ley dispone la creación de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.) y de la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOF S.E.), sociedades que actuarán con sujeción al régimen establecido en la Ley Nº 20.705 y en jurisdicción del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que por el Artículo 2º de la Ley Nº 26.352, se establece que la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.) tendrá a su cargo la administración de la infraestructura ferroviaria actual, la que se construya en el futuro, su mantenimiento y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes.

Que a esos efectos la Ley dispone que el patrimonio ferroviario que se encuentre en jurisdicción del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, le será transferido a la ADMINISTRACION DEINFRAESTRUCTURASFERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.), en el plazo y bajo el procedimiento que el PODER EJECUTIVO establezca a tales fines, como así también que se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes.

Que mediante Decreto Nº 752 de fecha 6 de mayo de 2008 se aprobaron los estatutos de las sociedades creadas por la...

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