Resolución 514 - E.

Fecha de disposición29 Agosto 2016
Fecha de publicación29 Agosto 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 514 - E/2016

Buenos Aires, 29/07/2016

VISTO el Expediente Nº 1.726.864/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURÍFEROS (SUPEH), por el sector gremial, y la OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, y ratificado a fojas 7 por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1261/12 "E".

Que mediante el texto convencional de autos, las partes convienen incrementar el adicional previsto en el mentado Convenio como "Adicional Responsable de Turno", conforme a las condiciones y términos pactados.

Que las partes han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el Acuerdo de fojas 2, conjuntamente con el Acta Complementaria de fojas 7, del Expediente de 1.726.864/16, celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURÍFEROS (SUPEH) por el sector gremial, y la OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de...

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