Resolución 512-E.

Fecha de disposición23 Mayo 2017
Fecha de publicación23 Mayo 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 512-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2017

VISTO el Expediente N° 1.749.579/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N° 1.749.579/16 luce el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DE MÉDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (A.M.A.P.) por el sector sindical y la empresa SILVER CROSS AMÉRICA INC. SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas establecen, respecto del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1300/12 "E", el pago de una suma excepcional, por única vez y de naturaleza no remunerativa, la que hará efectiva en los términos y conforme los lineamientos que surgen del mismo.

Que en relación con el carácter atribuido a la suma pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (1976).

Que el mentado plexo convencional ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado mediante Resolución Secretaria de Trabajo N° 1828, de fecha...

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