Resolución 1912/2008

Fecha de publicación19 Enero 2009
Fecha de disposición19 Enero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31575
ARTICULO PRIMERO

Las partes acuerdan una recomposición salarial para todo el personal encuadrado bajo el CCT 767/06 'E', a regir a partir del mes de mayo de 2008 y consistente en un aumento del 15% (Quince por ciento) a aplicarse sobre la Escala de Salarios Básicos vigentes a abril de 2008.

ARTICULO SEGUNDO

Además se conviene consecuentemente incrementar en un 15% (Quince por ciento), las voces de pago denominadas 'Viático Refrigerio' y 'Rebaja de Tarifa'' ello también con una vigencia a partir del mes de mayo de 2008 y para todo el personal convencionado comprendido en el CCT 767/06 'E'.

ARTICULO TERCERO

En pleno ejercicio de la voluntad colectiva, las partes acuerdan que LA EMPRESA liquidará y abonará las diferencias salariales derivadas de los incrementos que se desprenden del presente Acta Acuerdo, con los haberes del mes de mayo de 2008.

ARTICULO CUARTO

El presente Acta Acuerdo regirá en toda su extensión y efectos hasta el mes de julio de 2008 inclusive, acordando las partes en este acto retomar las negociaciones salariales en el mes de agosto de 2008, preservando un marco de armonía laboral y paz social por toda la vigencia del presente Acuerdo.

En prueba de conformidad, se suscriben cinco (5) ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento, solicitando ambas partes la homologación de la presente ante la Autoridad Laboral competente y conforme a las prescripciones estipuladas en la Ley 14.250.

ANEXO I ACTA ACUERDO SALARIAL MAYO 2008 · BASICOS:

CATEGORIA Básico hasta el 30/04/2008 Básico a partir del 01/05/2008

1 710.55 817,13

2 748.69 860,99

3 792.23 911,06

4 843.98 970,58

5 918.84 1.056,67

6 976.05 1.122,46

7 1.118.93 1.286,77 · VIATICO REFRIGERIO:

IMPORTE 371.25 426,94 · REBAJA DE TARIFAS:

IMPORTE 55.69 64,04 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1911/2008

Registro Nº 1311/2008

Bs. As., 12/12/2008

VISTO el Expediente Nº 1.280.303/08 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a foja 5 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZY FUERZA (FATLYF) y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mentado acuerdo las partes establecen, sustancialmente, una modificación en los Artículos 46 y 47 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 767/06 'E', del que son sus signantes, que consiste en el cambio de los porcentajes de modulación de los beneficios 'Dedicación Funcional' y 'Bonificación Jerárquica', que se abonarán a aquellos trabajadores que los perciban por la índole de sus tareas y responsabilidad jerárquica, con Categorías seis y siete (6 y 7), que se desempeñan en semana calendaria.

Que la vigencia está establecida a partir del 1º de junio de 2008.

Que es dable remarcar, que tanto el ámbito personal como territorial de aplicación de lo acordado, quedan circunscriptos a la coincidencia entre la actividad de la empresa signataria con la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZY FUERZA (FATLYF) y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.), obrante a foja 5 del Expediente Nº 1.280.303/08.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo, obrante a foja 5 del Expediente Nº 1.280.303/08.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Remítase a la Dirección de...

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