Resolución 1529/2008

Fecha de publicación16 Enero 2009
Fecha de disposición16 Enero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31574

Bs. As., 30/12/2008

VISTO el Expediente Nº 2107-COMFER/02 y,

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician con la solicitud formulada por la señora Sandra Milka PALARICH tendiente a que se autorice a su favor la transferencia de titularidad del permiso precario y provisorio correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM BOREAL que opera en la frecuencia 102.7 Mhz (frecuencia modificada por el artículo 3º de la Resolución Nº 2449-COMFER/01) de la ciudad de RESISTENCIA, provincia del CHACO, con motivo de la renuncia de los derechos que poseía el señor Marcelo Antonio AZCOAGA en la sociedad FM BOREAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en virtud de la división de bienes efectuada entre ellos.

Que la emisora en cuestión se encuentra inscripta en el Registro Decreto Nº 1357/89 bajo el Nº 380 y reinscripta conforme lo estatuido por la Resolución 341-COMFER/93 bajo el Nº 374 siendo su titular la firma FM BOREAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA --integrada por los señores Marcelo Antonio AZCOAGA y Sandra Milka PALARICH--.

Que tal como se desprende de las constancias obrantes en estos obrados, las personas citadas precedentemente han celebrado de común acuerdo la división de bienes adquiridos durante la unión conyugal, con motivo del divorcio vincular decretado, por lo cual renuncia el señor AZCOAGA a los derechos que éste poseía en la sociedad, encontrándose el referido acuerdo homologado judicialmente.

Que la señora PALARICH solicitó la autorización de transferencia de titularidad del permiso bajo análisis a favor del señor Marcelo LINKE toda vez que con fecha 11 de abril de 2003 celebraron un convenio de cesión, acompañándose la documentación pertinente a los efectos de evaluar las condiciones del cesionario.

Que mediante oficio Ley Nº 22.172 se comunicó a este COMFER que en los autos caratulados'FM BOREAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S/QUIEBRA PEDIDA POR ACREEDOR --HOY QUIEBRA--' se declaró la quiebra de la referida firma y se decretó la inhibición general de la deudora.

' Que a los fines de determinar si la quiebra decretada a la firma FM BOREAL SOCIEDAD DE RESPONSALIBIDAD LIMITADA alcanzaba al permiso precario y provisorio correspondiente al servicio de radiodifusión por modulación de frecuencia, se solicitó la intervención del juzgado oficiante para que emita opinión al respecto.

Que el juzgado interviniente elaboró el informe el estado de la causa caratulada 'FM BOREAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S/PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR --HOY QUIEBRA--' resolvió, entre otras cosas, en el auto de fecha 25 de noviembre de 2005, declarar la ineficacia de pleno derecho respecto de los acreedores de la quiebra de FM BOREAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de la cesión y transferencia gratuita realizada en fecha 11/04/2003 a favor del señor Marcelo LINKE D.N.I Nº 23.934.822, de todos y cada uno de los derechos y acciones pertinentes para lograr la transferencia del permiso precario y provisorio correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM BOREAL que opera en la frecuencia 102.7 de la ciudad de RESISTENCIA, provincia del CHACO.

Que en tal sentido deviene abstracto proseguir con el trámite incoado toda vez que la firma permisionaria se encuentra fallida y alcanzada por las previsiones del artículo 53 inciso c) de la Ley de Radiodifusión.

Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha emitido el pertinente dictamen.

Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION es competente para dictar el presente acto, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 y 53 inciso c) de la Ley de Radiodifusión.

Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por el artículo 98 inciso a) apartado 2) de la citada norma y el artículo 2º del Decreto Nº 520 del 31 de marzo de 2.008.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Recházase el pedido de autorización de transferencia de titularidad del permiso precario y provisorio correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM BOREAL que opera en la frecuencia 102.7 Mhz, de la ciudad de RESISTENCIA, provincia del CHACO solicitada por la señora Sandra Milka PALARICH a favor del señor Marcelo LINKE, atento los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º

Dése intervención a la Dirección de Normalización para que asuma la intervención que les compete.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, a efectos de su publicación y cumplido ARCHÍVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 16/01/2009 Nº 2225/09 v. 16/01/2009 JEFATURA DE...

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