Resolución 510 - E.
Fecha de disposición | 09 Noviembre 2016 |
Fecha de publicación | 09 Noviembre 2016 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Resolución 510 - E/2016
Buenos Aires, 23/09/2016
VISTO el Expediente N° 1-224-564.181/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 15 y 15 vta. obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE DE SANTA FE (ASTAVIC) por el sector gremial y la CÁMARA DE FRIGORÍFICOS DE SANTA FE (CAFRISA) por el sector empresario, ratificado a fojas 14 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N° 564.181/16, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido actualizar los valores básicos del Convenio Colectivo de Trabajo N° 386/04 Rama Consumo del cual son signatarias y el pago de una suma de carácter no remunerativo por única vez en concepto de gratificación extraordinaria, cuya vigencia opera a partir del día 1° de Abril de 2016, con las consideraciones obrantes en el mismo.
Que el ámbito territorial y personal del acuerdo, guarda correspondencia entre el ámbito de representación del sector empresario firmante y la Asociación sindical signataria.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo de homologación del acuerdo, se procederá a girar los obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE TRABAJO
RESUELVE:
Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 15 y 15 vta. celebrado entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES...
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