Resolución 51/2020

Fecha de publicación16 Marzo 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO


Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-12656182- -APN-DGD#MRE, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 y sus modificatorias, se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan y se dispuso que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que, asimismo, por el artículo 1° del Decreto N° 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, en el mismo sentido, el artículo 2° del Decreto citado en el considerando precedente estableció que las Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias deberán contemplar el plazo en que las mismas cumplimentarán los objetivos que se le asignen y estarán a cargo de un funcionario cuyo nivel no podrá exceder el correspondiente a Secretario de Estado, cuya determinación será dispuesta juntamente con la creación de dicha unidad.

Que lograr consolidar a los Derechos Humanos como un contenido y un objetivo transversal de la política exterior del Estado Nacional requiere coordinar las distintas tareas que llevan adelante las diferentes unidades organizativas de este Ministerio que tienen a su cargo competencias relacionadas directa o indirectamente con los Derechos Humanos.

Que, en dicho marco, se considera necesario crear un PROGRAMA DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL, en el ámbito de este Ministerio, el que tendrá por objeto coordinar todas las tareas llevadas a cabo en materia de Derechos Humanos por las diversas unidades organizativas en esta Cartera de Estado.

Que la figura de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA, instaurada por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y el Decreto Nº 167/18, es la que mejor se ajusta a las necesidades actuales de la Jurisdicción para el llevar...

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