Resolución 509-E.

Fecha de disposición24 Mayo 2017
Fecha de publicación24 Mayo 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 509-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2017

VISTO el Expediente N° 1.737.601/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 9/10 de los autos citados en el VISTO, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) por el sector gremial y el CITIBANK, N.A. por la parte empresaria, ratificado a fojas 11 por medio del Acta que lo integra, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido condiciones laborales y el pago de una compensación única extraordinaria de carácter no remunerativo, cuya vigencia opera a partir del mes de Septiembre de 2016, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75, con las consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar los presentes, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.

Que asimismo han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo concertado, se corresponde con la actividad del sector empleador firmante en correspondencia con la representatividad de la entidad sindical...

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