Resolución 509.

Fecha de disposición21 Septiembre 2016
Fecha de publicación21 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 509/2016

Buenos Aires, 07/09/2016

VISTO el Expediente N° S05:0031356/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, las Resoluciones Nros. 103 del 19 de marzo de 2015 y 6 del 5 de enero de 2016, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 103 del 19 de marzo de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprobó el Plan de Trabajo acordado por la Dirección Nacional de Protección Vegetal y la FUNDACIÓN BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGÓNICA (FUNBAPA), para la prestación de servicios de asistencia sanitaria en el marco de los Programas Nacionales de Supresión de Carpocapsa y de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos de la Región Patagónica, y del Sistema Único de Fiscalización Permanente de Centros de Tratamiento Cuarentenario de este Servicio Nacional, en el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2015.

Que la Resolución N° 6 del 5 de enero de 2016 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA prorrogó los alcances de la citada Resolución N° 103/15 desde el 1° de julio al 31 de diciembre de 2015, convalidando las erogaciones efectuadas en el marco del Plan de Trabajo establecido por dicha resolución, y aprobó el Plan de Trabajo para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2016.

Que la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA plantea la necesidad de aprobar un nuevo Plan de Trabajo para el período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2016, conforme el detalle obrante en el Anexo del presente acto.

Que la mencionada Dirección Nacional entiende que resulta imprescindible dar continuidad al trabajo mancomunado con la FUNDACIÓN BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGÓNICA (FUNBAPA), para el sostenimiento de las tareas fitosanitarias.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de índole legal que formular.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Artículo 8°, incisos a) y h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL SERVICIO NACIONAL

DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

APROBACIÓN Y ALCANCES DEL PLAN DE TRABAJO ACORDADO...

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