Resolución 508/2022

Fecha de publicación29 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2022

VISTO los Expedientes N° EX-2018-66705470- -APN-SSTF#MTR y N° EX-2018-44204333- -APN-MESYA#CNRT, las Leyes N° 19.549, N° 22.520, N° 26.352 y N° 27.132, los Decretos Nº 1759 del 3 de abril de 1972 (T.O. Decreto N° 894/17), N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, Nº 1661 de fecha 12 de agosto de 2015, las Resoluciones N° 336 del 15 de junio de 1990, N° 5 del 23 de enero de 1991 y N° 145 del 31 de enero de 1992, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 132 de fecha 9 de marzo de 2022 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1144 de fecha 14 de junio de 1991 se aprobó el Contrato de Concesión para la explotación del sector de la Red Ferroviaria Nacional denominado “Corredor Rosario - Bahía Blanca”, con las firmas FERROEXPRESO PAMPEANO S.A. concesionaria de servicios ferroviarios (en formación), TECHINT COMPAÑÍA TÉCNICA INTERNACIONAL S.A.C.e I., EACA EMPRESA ARGENTINA DE CEMENTO ARMADO S.A. de Construcciones, GESIEMES S.A.C.I. y A.G., CHASE MANHATTAN INVESTMENTS ARGENTINA S.A., RÍOBANK INTERNATIONAL, SOCIEDAD COMERCIAL DEL PLATA S.A., IOWA INTERSTATE RAILROAD y COINFER S.A.I. (en formación).

Que por el Decreto N° 994 de fecha 18 de junio de 1992 se aprobó el Contrato de Concesión integral de explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LÍNEA GENERAL MITRE con exclusión de sus tramos urbanos RETIRO-TIGRE, RETIRO-BARTOLOMÉ MITRE, RETIRO-ZÁRATE, VICTORIA CAPILLA DEL SEÑOR, suscripto por el Estado Nacional con la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A. (en formación).

Que por el Decreto N° 2681 de fecha 29 de diciembre de 1992 se aprobó el Contrato de Concesión para la explotación integral del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LÍNEA GENERAL ROCA (con exclusión del corredor ALTAMIRANO-MIRAMAR y sus tramos urbanos) suscripto entre el ESTADO NACIONAL y la firma FERROSUR ROCA S.A. (en formación).

Que por el Decreto N° 2017 de fecha 25 de noviembre de 2008 fue ratificada el ACTA ACUERDO suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PÚBLICOS y la empresa concesionaria FERROSUR ROCA S.A. en fecha 19 de mayo de 2008, que contiene los términos de la renegociación llevada a cabo y establece las condiciones de adecuación del Contrato de Concesión que fuera aprobado por el Decreto N° 2681/92.

Que por el Decreto N° 82 de fecha 3 de febrero de 2009 fue ratificada el ACTA ACUERDO suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PÚBLICOS y la empresa FERROEXPRESO PAMPEANO S.A. en fecha 29 de mayo de 2008, que contiene los términos de la renegociación llevada a cabo y establece las condiciones de adecuación del Contrato de Concesión del servicio público de transporte ferroviario de cargas aprobado por el citado Decreto N° 1144/91.

Que por el Decreto N° 1039 de fecha 5 de agosto de 2009 fue ratificada el ACTA ACUERDO suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PÚBLICOS y la empresa concesionaria NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A. en fecha 19 de mayo de 2008, que contiene los términos de la renegociación llevada a cabo y establece las condiciones de adecuación del Contrato de Concesión del servicio público de transporte ferroviario de cargas que fue aprobado por Decreto N° 994/92.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 132 de fecha 9 de marzo de 2022 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se aprobó el el “PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A POSIBLES ASENTAMIENTOS E INTRUSIONES EN PREDIOS FERROVIARIOS”, facultándose a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a modificarlo, de acuerdo con la evolución y las necesidades que la problemática en trato exija.

Que por el artículo 3° de la Resolución N° 132/22 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se dispuso que los sujetos alcanzados por el Protocolo que se aprueba en el artículo 1°, deberán informar la denominación del área administrativa con competencia específica en la implementación del mismo, su responsable y los datos de contactos en los términos del punto 4.1 del referido Protocolo, en el plazo de TREINTA (30) días, a partir de la publicación de la medida en estudio.

Que, el 10 de marzo de 2022, la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE procedió a notificar a NUEVO CENTRAL ARGENTINO...

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