Resolución 1450/2008
Fecha de publicación | 08 Enero 2009 |
Fecha de disposición | 08 Enero 2009 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31568 |
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:
Adjudícase al señor Américo Miguel MUNTANER (LE. 7.676.570) una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 236, frecuencia 95,1 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva 'LRP756', de la ciudad de SAN JUSTO, provincia de SANTA FE, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº 310/98 modificado por el Decreto Nº 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos.
La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE (15) años contados a partir del inicio de las transmisiones, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ (10) años, conforme los términos del artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y 9 del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01.
Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo III integra la Resolución SG Nº 672/06.
El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS OCHO MIL SETENTA Y TRES ($ 8.073), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente.
Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa autorización de este COMITE FEDERAL, de conformidad con lo previsto por artículo 16, inciso 16.6 del referido Pliego de Bases y Condiciones en las condiciones y bajo el apercibimiento establecido en el inciso 16.7.
Dispónese que, en caso de corresponder, dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 113-COMFER/97.
Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO,
Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 08/01/2009 Nº 155/09 v. 08/01/2009 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Resolución Nº 1449/2008
Bs. As., 23/12/2008
VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº 1353.00.0/06, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Carlos Alberto GARBARINI (D.N.I. Nº 17.649.027), para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría E para la localidad de CHIVILCOY, provincia de BUENOS AIRES, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por Decreto Nº 310/98 modificado por su similar Nº 883/01, y reglamentado por Resolución 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06.
mediante concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, conforme lo establezca la reglamentación de esta ley, para el caso de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión'.
Que por consiguiente, las estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, de acuerdo con el sistema legal vigente, deben ser adjudicadas por decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL, previa sustanciación de los correspondientes concursos públicos convocados al efecto por este COMITE FEDERAL.
Que en el año 1998 se dictó el Decreto Nº 310/98, por el cual se complementa el Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada, aprobado por Decreto Nº 1144/96, modificado por su similar Nº 1260/96.
Que la norma legal citada en primer término modifica el sistema de adjudicación establecido por el artículo 39 de la Ley Nº 22.285, en cuanto a las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia categorías E, F y G.
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la...
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