Resolución 506. RESOL-2018-506-APN-MM

EmisorMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2018

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 506/2018

RESOL-2018-506-APN-MM

Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2018

VISTO: el EX-2018-15527739-APN-DGAS#MM, la Ley Argentina Digital N° 27.078, los Decretos Nros. 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y 798 de fecha 21 de junio de 2016 y las Resoluciones Nros. 161 de fecha 5 de julio de 2005 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y 171-E de fecha 30 de enero de 2017 del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Argentina Digital N° 27.078 establece en su artículo 27 que corresponde al ESTADO NACIONAL la administración, gestión y control del espectro radioeléctrico, de conformidad con lo que establece esta ley, la reglamentación que en su consecuencia se dicte, las normas internacionales y aquellas dictadas por las conferencias mundiales y regionales en la materia a las que la República Argentina adhiera.

Que el espectro radioeléctrico es un recurso intangible, finito y de dominio público, cuya administración, gestión y control es responsabilidad indelegable del ESTADO NACIONAL.

Que el Gobierno Nacional tiene como objetivo mejorar la calidad de los servicios y la capacidad técnica de las redes de telecomunicaciones para el acceso a banda ancha, a cuyo fin es necesario maximizar la utilización de los recursos radioeléctricos destinados a la prestación de servicios de telecomunicaciones mediante esquemas flexibles y dinámicos.

Que asimismo el artículo 28 de la mencionada norma dispone que las autorizaciones y los permisos de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico se otorgan con carácter precario, por lo que la Autoridad de Aplicación podrá sustituirlos, modificarlos o cancelarlos total o parcialmente, sin que ello dé lugar a derecho de indemnización alguna a favor del autorizado o administrado.

Que el Decreto N° 798 de fecha 21 de junio de 2016, en su artículo 2, inciso d), establece que el ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES, actual MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, deberá actualizar el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico de forma de incrementar la disponibilidad de frecuencias para la prestación de servicios móviles, a cuyo fin iniciará los procedimientos previstos por el artículo 30 de la Ley N° 27.078.

Que, a su vez, el Decreto N° 1340 del día 30 de diciembre de 2016 ordenó la implementación de las normas básicas para alcanzar un mayor grado de convergencia de redes y servicios en condiciones de competencia, promover el despliegue de redes y la penetración del acceso a Internet de banda ancha en todo el territorio nacional; y dispuso, en su artículo 10, que el ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES y el ENTE NACIONAL DE...

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