Resolución 506/2015
Fecha de disposición | 20 Abril 2015 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33162 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 506/2015Bs. As., 20/04/2015
VISTO el Expediente N° 177.684/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1654 del 29 de diciembre de 2014 y N° 234 del 5 de febrero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 34/65 del Expediente N° 177.684/14 obra el convenio colectivo de trabajo de empresa celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa RC ELECTROINDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el convenio colectivo de trabajo de empresa fue homologado por la Resolución S.T. N° 234/15 y registrado bajo el N° 1429/15 “E”, conforme surge de fojas 93/96 y 99, respectivamente.
Que el convenio precitado reemplaza al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1019/08 “E”.
Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2560 del 29 de diciembre de 2014 se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio vigente a partir del 1° de enero de 2015 correspondiente al Acuerdo N° 1654/14, homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2100 del 31 de octubre de 2014.
Que atento a que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1429/15 “E” entró en vigencia a partir del 5 de diciembre de 2014, fecha en la cual las partes pactan nuevas remuneraciones, superiores a las pactadas en el Acuerdo N° 1654/14, deviene procedente dejar sin efecto el promedio de las remuneraciones anteriormente fijado y el tope indemnizatorio resultante vigente a partir del 1° de enero de 2015 y fijar un nuevo promedio de las remuneraciones desde la fecha que comenzó a regir el renovado instrumento.
Que cabe destacar que la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2560 del 29 de diciembre de 2014 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope...
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