Resolución 17589/2008

Fecha de la disposición 2 de Enero de 2009

JOSE HERNAN ORBAICETA, Vocal. -- Dr. ERNESTO E. ARROYO, Vocal. -- RICARDO D.

VELASCO, Vocal.

e. 02/01/2009 Nº 27960/08 v. 02/01/2009 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Resolución Nº 3927/2008

Bs. As., 23/12/2008

VISTO el Expediente Nº S02:0006731/2006 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000, 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344 del 4 de octubre de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto de la presente tramita la Licitación Pública Nº 20/07 para la 'Contratación del servicio de gestión de las prestaciones y demás acciones previstas en la Ley de Riesgo del Trabajo Nº 24.557 a cargo de las aseguradoras de riesgo del trabajo para el personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA', solicitado por la DIVISION REMUNERACIONES de dicha fuerza de seguridad.

Que se ha gestionado el presente trámite licitario bajo la clase Licitación Pública de Etapa Múltiple, conforme lo normado en el artículo 33 del Decreto Nº 436/00.

Que en la fecha prevista para la apertura de ofertas, se recibieron TRES (3) sobres cerrados pertenecientes a las firmas ASOCIART S.A. A.R.T., PREVENCION A.R.T. S.A. y PROVINCIA A.R.T. S.A., con sus correspondientes propuestas.

Que el día 10 de junio de 2008, la Comisión Evaluadora de Ofertas de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA produjo el Dictamen Nº 740, en el que se desestimaron las observaciones presentadas por la firma PROVINCIA A.R.T. S.A., en tanto que se intimó a la misma y a la empresa PREVENCION A.R.T. S.A., a subsanar los defectos obrantes en sus ofertas en el plazo de CINCO (5) días conforme el artículo 141 del Decreto Nº 436/00.

Que la mencionada Comisión Evaluadora volvió a tomar intervención mediante Dictamen Nº 82 de fecha 17 de octubre de 2008, en orden a las facultades del artículo 107 del Decreto Nº 436/00, en el que consideró que correspondía declarar como precalificadas a las firmas PREVENCION A.R.T. S.A. y PROVINCIA A.R.T. S.A., así como también tener por desistida a la empresa ASOCIART S.A. A.R.T., por encontrarse vencida su propuesta en orden a que dejo constancia de su voluntad de no otorgar prórroga automática una vez vencido el plazo de TREINTA (30) días hábiles a contar de la fecha del acto de apertura.

Que tomaron intervención las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de lo normado en el artículo 24, inciso d) del Decreto Nº 436/00 y del artículo 11, inciso d) del Decreto Nº...

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