Resolución 505/2019

Fecha de publicación04 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2019

VISTO el EX-2018-06563206-APN-GCEF#SSS, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, el Decreto Nº 1400 del 4 de noviembre de 2001 y la Resolución N° RESOL-2018-55-APN-SSS#MS del 31 de enero de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el VISTO se dio de baja del Registro Nacional de Obras Sociales como Agente del Seguro de Salud, a la OBRA SOCIAL DE PAPEL MISIONERO S.A.I.F.y C. (R.N.O.S Nº 8-0030-3).

Que en dicho acto administrativo se designó al Dr. Jorge Hugo CENTENO (D.N.I. Nº 8.429.455) como Delegado Liquidador, a los fines de la liquidación administrativa de la entidad y/o en su caso, presentarse ante los tribunales pertinentes a fin de solicitar la quiebra en los términos establecidos por la Ley Nº 24.522.

Que en atención a lo dispuesto, se facultó a la GERENCIA DE CONTROL ECONÓMICO FINANCIERO a través del ÁREA CRISIS Y LIQUIDACIÓN DE OBRAS SOCIALES, a efectuar el monitoreo del referido proceso de liquidación; impartiendo las instrucciones del caso al Delegado Liquidador, a fin de que presente un plan de trabajo e informe -periódicamente- sobre los avance que registre el proceso liquidatorio.

Que en este orden -con fecha 07/05/2018- el Dr. CENTENO presentó su plan de trabajo (ingresado bajo IF-2018-21929816-APN-SCEFASS#SSS); siendo el mismo objeto de una serie de observaciones por parte del área técnica competente, notificándosele al nombrado al respecto.

Que el Delegado Liquidador acompañó el 22/06/2018, 29/10/2018 y 28/12/2018, sendos informes explicitando los avances del mentado Plan.

Que con fecha 27/03/2019 presentó el informe final de gestión, con el detalle de todo lo actuado; concluyendo que la (ex) OBRA SOCIAL DE PAPEL MISIONERO S.A.I.F.y C. (ex R.N.O.S. Nº 8-0030-3) dejó de prestar servicios médicos por no poseer afiliados; precisando que no cuenta con personal en relación de dependencia, no existen automotores ni inmuebles de su propiedad, la cuenta corriente no registra saldo alguno; en tanto, luego de la publicación de Edictos y transcurrido el plazo legal, no se ha presentado ningún acreedor a reclamar deuda alguna.

Que el Área Crisis y Liquidación de Obras Sociales de la Gerencia de...

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