Resolución 504 - E.

Fecha de disposición13 Septiembre 2016
Fecha de publicación13 Septiembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 504 - E/2016

Buenos Aires, 28/07/2016

VISTO el Expediente Nº 1.706.663/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 14 y Actas Complementarias de fojas 15 y 23, y a fojas 24 y Acta Complementaria de fojas 91 lucen acuerdos celebrados por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS "LA UNION LIMITADA" por la parte empresaria.

Que a fojas 54 y Actas Complementarias de fojas 53 y 92, y a fojas 56 y Acta Complementaria de fojas 55 lucen acuerdos celebrados por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIOS BRITANICO DE BUENOS AIRES y la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA BUENOS AIRES, por el sector empleador.

Que los acuerdos indicados son celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 695/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo de fojas 15 y Acta Complementaria de fojas 14 y 23 establece los básicos salariales con vigencia desde Abril a Septiembre de 2016.

Que el acuerdo de fojas 24 y Acta Complementaria de fojas 91 establece una cuota solidaria para los trabajadores representados por los firmantes.

Que el acuerdo de fojas 54 y Acta Complementaria de fojas 53 establece los básicos salariales para los firmantes y mediante el acta Complementaria de fojas 92 se establece una cuota solidaria.

Que el acuerdo de fojas 56 y Acta Complementaria de fojas 55 establece el pago de dos sumas no remunerativas, en las condiciones y plazos allí establecidos.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada a fojas 56, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/2015.

Que posteriormente corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS "LA UNION LIMITADA" por la parte empresaria, que luce a fojas 14 y Actas Complementarias de fojas 15 y 23 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 2°

Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS "LA UNION LIMITADA" por la parte empresaria, que luce a fojas 24 y Actas Complementarias de fojas 91 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 3°

Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIO BRITÁNICO BUENOS AIRES y la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA DE BUENOS AIRES por la parte empresaria, que luce a fojas 54 y Actas Complementarias de fojas 53 y 92 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 4°

Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el...

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