Resolución 564/2008
Fecha de disposición | 23 Diciembre 2008 |
Fecha de publicación | 23 Diciembre 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31558 |
OBJETIVOS ESPECIFICOS Son objetivos específicos del presente Programa:
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Promover el desarrollo de un programa que permita optimizar la capacidad de respuesta y consecuentemente reducir los tiempos de espera para la realización de las cirugías cardiovasculares pediátricas, garantizando un adecuado y eficaz servicio de salud a la población afectada.
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Fortalecer y articular la referencia y contrarreferencia por medio del establecimiento de una red de Centros de Cirugía Cardiovascular Pediátrica que cuenten con habilitación categorizante, mejorando su capacidad resolutiva.
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Realizar el monitoreo y evaluación de los resultados obtenidos.
MODALIDAD DE IMPLEMENTACION · Creación de una red compuesta por Centros de Cirugía Cardiovascular pediátricos para resolución de patologías cardiovasculares infantiles congénitas articulados por un Centro Coordinador dependiente de la Dirección Nacional de Maternidad e Infancia.
· Asistencia financiera para posibilitar la realización de las intervenciones quirúrgicas de los pacientes sin cobertura social.
OBLIGACIONES DE LA NACION La NACION tendrá a su cargo:
· El financiamiento de las cirugías cardiovasculares de los pacientes incluidos en lista de espera sin cobertura social.
· Facilitar la referencia y contrarreferencia de los niños con cardiopatías al servicio específico según nivel de complejidad · Construir una base única de datos de los pacientes con cardiopatías congénitas a nivel nacional.
La NACION se reserva el uso de los resultados de este registro para fortalecer las estrategias de detección temprana y tratamiento oportuno de los niños con cardiopatías congénitas en las distintas Provincias del país, siguiendo criterios de estricta confidencialidad sobre los datos.
OBLIGACIONES DE LA PROVINCIA La PROVINCIA tendrá a su cargo:
· Aportar los Recursos Humanos y materiales necesarios para la implementación del Programa en las Provincias con Centros de Referencia.
· Designar un referente provincial del Programa de Cardiopatías Congénitas, de preferencia cardiólogo infantil.
· Solicitar por medio de las instituciones locales la inscripción de los pacientes al Registro Nacional de Cardiopatías Congénitas.
· Independientemente del origen del paciente el establecimiento autorizado de la jurisdicción que haya practicado la intervención quirúrgica deberá adjuntar a la factura oficial la documentación respaldatoria que establezca la Dirección Nacional de Maternidad e Infancia...
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