Resolución 991/2008

Fecha de publicación22 Diciembre 2008
Fecha de disposición22 Diciembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31557

Firma y Sello Funcionario del SENASA - Presentar por duplicado, con ambos ejemplares firmados en original.

- Una vez autorizada por SENASA debe ser entregada por el interesado en la Inspección Veterinaria del SENASA destacada en el Puesto de Frontera de arribo de los reptiles a la REPUBLICA ARGENTINA, para tramitar su admisión sanitaria.

- Carece de validez para su presentación ante la Dirección General de Aduanas.

Identificación Certificación CITES II) DECLARACION SANITARIA El Veterinario Oficial de la Administración Veterinaria abajo firmante CERTIFICA respecto al embarque de los reptiles anteriormente descritos, que:

1- Cumple con la totalidad de las Condiciones Sanitarias establecidas por el SENASA para autorizar su importación a la REPUBLICA ARGENTINA, en lo que corresponda a la certificación y garantías de competencia de esta Administración Veterinaria.

2- La Explotación de Origen de los reptiles a exportar a la REPUBLICA ARGENTINA está autorizada y bajo supervisión oficial de la Administración Veterinaria, no habiéndose reportado oficialmente en dicha explotación enfermedades de interés cuarentenario que afecten y que puedan ser vehiculizadas por estas especies durante los últimos SEIS (6) meses anteriores al embarque.

3- Los reptiles permanecieron en la Explotación de Origen desde su nacimiento o, como mínimo, durante los SESENTA (60) días precios a su expedición hacia la REPUBLICA ARGENTINA y cumplieron el período de cuarentena de preexportación en condiciones de aislamiento de otros ejemplares de estas especies durante un período no inferior a VEINTIUN (21) días previos a dicha expedición.

4- Dentro de estos VEINTIUN (21) días no hubo registro oficial de ocurrencia de enfermedades de interés cuarentenario en los animales a exportar, habiendo sido sometidos así mismo a un tratamiento contra parásitos externos e internos patógenos de estas especies, que garantice una condición sanitaria satisfactoria al respecto, utilizando productos autorizados por esta Administración Veterinaria.

5- Han sido sometidos en el último año a las vacunaciones, tratamientos y/o pruebas sanitarias detalladas en Protocolos que se adjuntan (si procede, identificar los protocolos).

6- Fueron inspeccionados por personal de la Administración Veterinaria previo a su embarque hacia la REPUBLICA ARGENTINA, constatando la ausencia de signos de enfermedades infectocontagiosas y/o parasitarias propias de estas especies, siendo transportados en contenedores que les aseguren condiciones óptimas y seguras de traslado, supervivencia y manipulación.

EL PRESENTE CERTIFICADO TIENE UNA VALIDEZ DE DIEZ (10) DIAS CORRIDOS,

Secretaría de Transporte TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS Resolución 991/2008

Apruébanse los Coeficientes de Participación y de Distribución Definitivos de las compensaciones tarifarias al transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano, aplicados para la liquidación final del mes de mayo de 2008.

Bs. As., 16/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0197576/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los decretos Nº 564 de fecha 1º de junio de 2005 y Nº 98 de fecha 6 de febrero de 2007, la Resolución Nº 337 de fecha 21 de mayo de 2004 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 6 de febrero de 2007, se establecieron los criterios de distribución de los recursos del FIDEICOMISO a que se refiere el Artículo 12 de la Ley Nº 26.028 y que conforman el SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE, creado por el Decreto Nº 1377 de fecha 1º de noviembre de 2001, los que serán aplicados con carácter transitorio desde la entrada en vigencia de la mencionada ley y hasta la finalización de la emergencia pública declarada por el Artículo 1º de la Ley Nº 25.561 y sus modificatorias.

Que se han tenido en cuenta para la liquidación del mes de mayo de 2008, las altas solicitadas en el marco de lo dispuesto por los artículos 7º y 9º de la Resolución Nº 680 de fecha 5 de septiembre de 2005 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que se ha efectuado la liquidación final del mes de mayo de 2008 del Régimen de Compensaciones Tarifarias del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), dándose cumplimiento a la publicación en la página web de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y comunicado a todas las provincias de la REPUBLICA ARGENTINA, según obra en el Expediente citado en el Visto.

Lunes 22 de diciembre de 2008 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.557 10

Que en tal sentido resulta necesario proceder a aprobar los Coeficientes de Participación de Distribución Definitivos del mes de mayo de 2008 del Régimen de Compensaciones Tarifarias del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) que surgen del ANEXO adjunto a la presente resolución sobre la base de los COEFICIENTES DE PARTICIPACION FEDERAL (CPF) y luego de aplicar los factores de corrección que resultan de la aplicación del procedimiento de liquidación, determinaron los importes transferidos a cada beneficiario.

Que la dinámica propia de los servicios de transporte que se prestan en las diferentes jurisdicciones hace necesario proceder a la actualización de la información que sirve de base para el cálculo de los COEFICIENTES DE PARTICIPACION FEDERAL (CPF), incorporando como altas, los datos correspondientes a nuevos servicios informados por las jurisdicciones provinciales y municipales.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5º del Decreto Nº 652 de fecha 19 de abril de 2002 y por los decretos Nº 564 de fecha 1º de junio de 2005 y Nº 98 de fecha 6 de febrero de 2007.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse los Coeficientes de Participación y de Distribución Definitivos aplicados para la liquidación final del mes de mayo de 2008, de las compensaciones tarifarias al transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano, que fueron publicadas en la página web de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y comunicados a los señores gobernadores de las provincias de la REPUBLICA ARGENTINA, incluyendo las novedades informadas por las jurisdicciones provinciales y/o municipales con más las altas de las empresas enmarcadas en los artículos 7º y 9º de la Resolución Nº 680 de fecha 5 de septiembre de 2005 de la mencionada Secretaría, que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º

Comuníquese al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ricardo R. Jaime.

Coeficientes de Distribución Definitivos - Mayo de 2008 ANEXO PROVINCIA MUNICIPIO CUIT RAZON SOCIAL CD SISTAU Pagado Mayo BUENOS AIRES ALMIRANTE BROWN 30-54563704-5 SAN VICENTE S.A de TRANSPORTES (2) 0,1187% 98.413,77

BUENOS AIRES ALMIRANTE BROWN 30-64701983-4 TRANSPORTE DEL SUR S.R.L. 0,0526% 43.635,20

BUENOS AIRES ALMIRANTE BROWN 30-68586179-4 EMPRESA 501 S.A. 0,1242% 102.972,94

BUENOS AIRES ALMIRANTE BROWN 33-54634565-9 EXPRESO VILLA GALICIA - SAN JOSE S.R.L. 0,0334% 27.651,06

BUENOS AIRES ALMIRANTE BROWN 33-54661071-9 GENERAL TOMAS GUIDO S.A.C.I.F. 0,1273% 105.565,58

BUENOS AIRES ALMIRANTE BROWN 33-62074555-9 EXPRESO ARSENO S.R.L. 0,1804% 149.540,60

BUENOS AIRES AVELLANEDA 33-54661071-9 GENERAL TOMAS GUIDO S.A.C.I.F. 0,1007% 83.493,32

BUENOS AIRES AZUL 30-64940711-4 TRANSPORTES LA UNION S.R.L. 0,0143% 11.843,43

BUENOS AIRES AZUL 30-66404965-8 TRANSPORTES EL LIBERTADOR S.R.L. 0,0063% 5.223,77

BUENOS AIRES BAHIA BLANCA 30-54622155-1 COMPAÑÍA DE OMNIBUS LA BAHIENSE SRL 0,0459% 38.043,83

BUENOS AIRES BAHIA BLANCA 30-54623127-1 EMPRESA GONZALEZ S.R.L. 0,0595% 49.348,82

BUENOS AIRES BAHIA BLANCA 30-54634701-6 LEMOS Y RODRIGUEZ S.A. 0,2554% 211.765,44

BUENOS AIRES BAHIA BLANCA 30-58168639-7 MICRO SUR S.A. 0,0983% 81.457,16

BUENOS AIRES BAHIA BLANCA 30-58566631-5

COMPAÑIA DE OMNIBUS CORONEL RAMON ESTOMBA S.A.

0,0333% 27.638,89

BUENOS AIRES BAHIA BLANCA 30-58998386-2

COMPAÑÍA DE OMNIBUS JOSE DE SAN MARTIN S.A.

0,0361% 29.898,74

BUENOS AIRES BAHIA BLANCA 30-59112659-4 TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. 0,1208% 100.130,08

BUENOS AIRES BALCARCE 20-16396185-8 MALENA, JULIO DARIO 'EMP. MERCURIO' 0,0030% 2.525,55

BUENOS AIRES BALCARCE 30-70940610-4

EMPRESA DE VIAJES Y TURISMO EL SERRANITO S.R.L.

0,0007% 556,22

BUENOS AIRES BERAZATEGUI 30-52276217-9 MICRO OMNIBUS QUILMES S.A.C.I.Y F. 0,0584% 48.432,99

BUENOS AIRES BERAZATEGUI 33-56815582-9

MICRO OMNIBUS CIUDAD DE BERAZATEGUI S.A.

0,1035% 85.770,68

BUENOS AIRES BRANDSEN 30-70986951-1

EMPRESA DE TRANSPORTE SANTA RITA S.R.L.

0,0084% 6.976,02

BUENOS AIRES CAMPANA 30-69225833-5 MICRO OMNIBUS TIGRE S.A. 0,0453% 37.590,27

BUENOS AIRES CAÑUELAS 30-54632033-9 LINEA EXPRESO LINIERS S.A.C.I. 0,0082% 6.801,22

BUENOS AIRES CHIVILCOY 33-54627471-9 EMPRESA CHIVILCOY S.R.L. 0,0139% 11.562,84

BUENOS AIRES CORONEL ROSALES 30-70982776-2 COMPAÑÍA BELGRANO S.A. 0,0401% 33.209,35

BUENOS AIRES CORONEL ROSALES 33-70982996-9 COMPAÑÍA PUNTALTENSE S.A. 0,0324% 26.856,47

BUENOS AIRES ESCOBAR 23-11236910-4 D'ALESSANDRO ANA MARIA 0,0046% 3.838,16

BUENOS AIRES ESCOBAR 30-68679471-3 LINEA SESENTA S.A. 0,0671% 55.595,05

BUENOS AIRES ESCOBAR 30-69225833-5 MICRO OMNIBUS TIGRE S.A. 0,0242% 20.034,88

BUENOS AIRES ESTEBAN ECHEVERRIA 30-54633296-5 EMPRESA MONTE GRANDE S.A. 0,2539% 210.476,97

BUENOS AIRES...

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