Resolución 1351/2008

Fecha de publicación15 Diciembre 2008
Fecha de disposición15 Diciembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31552

Nacional a la FENTOS, empleado de LA COOPERATIVA, en representación del SITOS, en adelante EL SINDICATO, se reúnen en el marco establecido en la última parte de la cláusula Segunda del Acta de Recepción Local firmada el dos de marzo de dos mil seis (02/03/2006), ACORDANDO:

PRIMERO: Recategorizar y Reestructurar la planta del personal afectado a la Concesión del Servicio Público de Agua Potable, Cloacas y Pluviales. Lo antedicho se efectuará mediante presentación por ante la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Chubut, sin perjuicio que se de inicio de ejecución a la misma, conforme lo establecido en la cláusula Tercera.

SEGUNDO: De conformidad a lo pactado en el Art. 8º inc. D del 'Acta Acuerdo Final' suscripta entre la Federación Chubutense de Cooperativas, siendo LA COOPERATIVA integrante de la misma, y la FENTOS y EL SINDICATO, en fecha 04/04/2005, homologada por Resolución Nº 100/05 del Sub Secretario de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, las vacantes serán cubiertas mediante el sistema de 'bolsa de trabajo' pactando las partes la confección de una nómina de candidatos constituida a propuesta de EL SINDICATO en un 50% y por LA COOPERATIVA en el restante 50% . Las vacantes no serán cubiertas hasta tanto el jefe del servicio no solicite cubrir las mismas y lo apruebe el Consejo de Administración considerando las posibilidades económicas y financieras de LA COOPERATIVA.

TERCERO: La presente recategorización rige a partir del día primero de noviembre de dos mil siete (01/11/2007).

CUARTO: Las partes se comprometen a abordar el diálogo social de manera responsable, transparente y abierta, a fin de mantener armoniosas relaciones laborales para la construcción de una fructífera concertación social.

QUINTO: Atento a que las partes han optado por el procedimiento de negociación directa, y habiéndose alcanzado el acuerdo precedente, solicitan la homologación del mismo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, de conformidad con las normas legales vigentes.

SEXTO: LA COOPERATIVA reconoce a EL SINDICATO, como único representante de los/as trabajadores/as comprendidos en este convenio con el sentido y alcance que se desprende de la Ley 23.551 de Asociaciones Gremiales.

No siendo para más y oído lo expuesto, se cierra el acta, previa lectura y ratificación de las partes.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1351/2008

Registro Nº 958/2008

Bs. As., 2/10/2008

VISTO el Expediente Nº 1.272.985/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.272.985/08, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS DE AVES, ratificado a fojas 10 y 11, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde señalar que dicho acuerdo ha sido ratificado por la CAMARA ENTRERRIANA DE FRIGORIFICOS AVICOLAS (CAEFA), conforme surge del Acta obrante a foja 11 de estos actuados.

Que bajo el acuerdo de marras las partes convienen modificaciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 151/91, del cual son las mismas partes signatarias, conforme a los términos y contenidos del texto pactado.

Que respecto a la cláusula SEXTA, donde se conviene el otorgamiento de una suma fija no remunerativa y mensual, de CINCUENTA PESOS ($ 50.-), a partir del 1º de mayo de 2008 y hasta el 30 de abril de 2009, en concepto de Presentismo, cabe exhortar a los suscriptores del Acuerdo a que en la próxima negociación se convenga su conversión a remunerativa.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de las entidades empleadoras signatarias y la...

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