Resolución 5 - E.

Fecha de disposición17 Enero 2017
Fecha de publicación17 Enero 2017
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 5 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/01/2017

VISTO el Expediente EX 2016-03869922-APN-DDMYA#SGP del registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, Nº 255 de fecha 24 de diciembre de 2015, N° 692 de fecha 19 de mayo de 2016, N° 1167 del 14 de noviembre de 2016, la Resolución de la SECRETARÍA GENERAL N° 169 de fecha 18 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo sus competencias.

Que por el Decreto N° 255 de fecha 24 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 692 de fecha 19 de mayo de 2016, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que mediante la Resolución SG N° 169, de fecha 18 de julio de 2016, se incorporaron al ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN, la Dirección de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente y la Dirección de Gestión de Contenidos y Discurso, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE DISCURSO y la Coordinación de Planificación de Agenda Presidencial, en la órbita de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL.

Que por el Decreto N° 1167 de fecha 14 de noviembre de 2016, entre otros aspectos, se sustituyó el Anexo Ib del Decreto N° 692/16 correspondiente a la estructura de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, incorporando bajo su dependencia a la Dirección General de Tecnología Informática y Comunicaciones, sustituyendo asimismo el Artículo 10 de la citada norma mediante el cual se facultó al titular de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la citada Jurisdicción, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior.

Que por tal motivo, resulta menester aprobar las aperturas de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE NACIÓN tendientes a la optimización de la gestión en función de las competencias establecidas para la Jurisdicción.

Que, por otra parte, deviene menester incorporar, ratificar, homologar, reasignar y derogar diversas unidades pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y el artículo 10 del Decreto N° 692 de fecha 19 de mayo de 2016 y modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo al Organigrama y Acciones que, como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If (IF-2017-00635154-APN-SGP) y II (IF-2017-00618461-APN-SGP), forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°

Apruébanse las Coordinaciones que se detallan de acuerdo al listado y Acciones que, como Anexos III (IF-2017-00618577-APN-SGP) y IV (IF-2017-00618698-APN-SGP), forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°

Incorpóranse, ratifícanse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-00619091-APN- SGP), que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º

Transfiérese el Departamento de Control de Asistencia actualmente dependiente de la DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a la órbita de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERSONAL de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN.

ARTÍCULO 5º

Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 6°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20.01 \u2013 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 7°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Fernando de Andreis.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO Ie

ANEXO If

IF-2017-00635154-APN-SGP

ANEXO II

SECRETARIA GENERAL

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

AUDITORIA ADJUNTA CONTABLE

ACCIONES:

  1. Asistir al Auditor Interno en la formulación y control de la planificación estratégica, global y de la programación específica de auditoría en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial.

  2. Determinar el riesgo global de auditoría para el ente en su conjunto; los riesgos individuales para los componentes y el tipo de enfoque más adecuado.

  3. Proponer normas y procedimientos en materia de control interno de compras y contrataciones, personal, ejecución presupuestaria, tesorería, registración contable, bienes muebles y equipos, producción y existencia de materiales y mantenimiento y reposiciones, efectuando el seguimiento posterior a su adopción.

  4. Coordinar las acciones de auditorías implementadas, supervisando la aplicación del modelo de control integral e integrado de las actividades de la SECRETARIA GENERAL.

  5. Participar en la elaboración de informes de auditorías contables, de acuerdo con el plan anual de auditoría, en la formulación de las recomendaciones y observaciones que correspondan, efectuando el seguimiento y control de las mismas.

  6. Comprobar que en el desarrollo de los procesos de control efectuados en las áreas de su competencia se haya aplicado la normativa vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos adecuados conforme a los reglamentos e instructivos vigentes, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.

  7. Captar de la dinámica organizacional de la jurisdicción y propia de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, las variables que incidan en el proceso de evaluación y ponderación de los riesgos de auditoría en las áreas de su competencia.

    SECRETARIA GENERAL

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    AUDITORIA ADJUNTA OPERACIONAL

    ACCIONES:

  8. Realizar la auditoría operativa de la Residencia Presidencial de Olivos y de la Casa Militar.

  9. Realizar la auditoría de legalidad y de contrataciones.

  10. Intervenir en las tramitaciones por transferencias de inmuebles del Estado.

  11. Realizar la auditoría de sistemas correspondientes a todos aquellos circuitos que no comprenden las operaciones básicas tradicionales.

    SECRETARIA GENERAL

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    RESPONSABLE DE AUDITORIA LEGAL

    ACCIONES:

  12. Asistir al Auditor Interno en la formulación y control de la planificación global y anual, y de los programas específicos de auditoría legal.

  13. Oponer un orden de prioridades de las auditorías de legalidad a realizar, en lo que concierne a su responsabilidad.

  14. Ejecutar las acciones de auditoría legal, previstas en la respectiva programación.

  15. Proponer los procedimientos de auditoría a aplicar y los mecanismos para su permanente actualización.

  16. Efectuar el seguimiento y verificación de las correcciones dispuestas por la Jurisdicción, en virtud de las recomendaciones y observaciones realizadas.

  17. Elaborar los informes y formular las conclusiones pertinentes.

  18. Sistematizar el resultado de las acciones de auditoría legal ejecutadas, a fin de realimentar los programas.

    SECRETARIA GENERAL

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    RESPONSABLE DE GESTION DE AUDITORIA

    ACCIONES:

  19. Verificar la aplicación de la normativa vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.

  20. Supervisar los informes elaborados por los distintos auditores y formular las conclusiones pertinentes.

  21. Coordinar la ejecución de las distintas auditorías y verificar la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría.

  22. Asignar tareas entre los distintos integrantes del equipo.

  23. Establecer prioridades de trabajo a fin de cumplir con los programas aprobados.

    SECRETARÍA GENERAL

    SUBSECRETARÍA GENERAL

    DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN DE GOBIERNO

    DIRECCIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES

    ACCIONES:

  24. Colaborar en la elaboración e implementación de las políticas públicas culturales a desarrollarse en el ámbito de la Casa de Gobierno.

  25. Asistir a la Dirección General en el diseño y organización de las actividades culturales registradas en la agenda presidencial que se lleven a cabo en el ámbito de la Casa de Gobierno.

  26. Evaluar y gestionar las solicitudes de actividades de índole cultural a desarrollarse en el ámbito de la Casa de Gobierno, que se soliciten a la PRESIDENCIA DE LA NACION.

  27. Prestar colaboración para desarrollar en el ámbito de la Casa de Gobierno...

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