Resolución 499/2019

Fecha de publicación10 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD
Ciudad de Buenos Aires, 06/06/2019

VISTO el Expediente EX-2019-36233430- -APN-SCPC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 octubre de 2012 y su modificatoria, y la Resolución Conjunta M.J. y D.H. N° 445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que ante el JUZGADO EN LO CORRECCIONAL N° 2 del Departamento Judicial San Isidro de la Provincia de BUENOS AIRES, a cargo de la Dra. María Emma PRADA tramita la causa N° CP-3718-12 caratulada “LENCINA PEDRO DANIEL S/ ABUSO SEXUAL”.

Que mediante oficio del 22 de marzo de 2019, el mencionado Juzgado solicitó se ofrezca recompensa para aquellas personas, que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del Sr. Pedro Daniel LENCINA, titular del D.N.I 17.998.460, argentino, nacido el 28 de febrero de 1967 en la Localidad de San Fernando, Provincia de Buenos Aires, hijo de Amario LENCINA y de Saturnina OJEDA, de ocupación empleado, estado civil casado, con último domicilio conocido en Acceso Norte 185 de la Localidad de San Fernando o Cosme Beccar N° 421 o 423 de la Localidad de San Isidro, ambos de Provincia de Buenos Aires.

El día 4 de julio de 2017 el Juzgado ordena la detención del nombrado y resuelve revocar la condicionalidad de la pena de DOS (2) años por ser el autor penalmente responsable por haber abusado sexualmente a una menor.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos y de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 y su modificatoria y en la Resolución Conjunta M.J. y D.H N° 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del...

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