Resolución 498. RESOL-2018-498-APN-SECT#MT

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición28 de Enero de 2019

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 498/2018

RESOL-2018-498-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.748.831/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), por el sector gremial, y el OBISPADO DE SAN ISIDRO, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1405/14 "E", que fuera celebrado entre los mismos sectores de marras.

Que mediante dicho acuerdo, las partes establecen el pago de una bonificación de carácter extraordinaria, no remunerativa y por única vez, de acuerdo a las condiciones y términos estipulados en el mismo.

Que en relación con el carácter atribuido a la bonificación pactada resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que los actores intervinientes se...

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