Resolución 4954. RESOL-2018-4954-APN-ENACOM#MM

EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2018

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 4954/2018

RESOL-2018-4954-APN-ENACOM#MM

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2018

VISTO el Expediente EX-2018-37040414-APN-SDYME#ENACOM, el IF-2018-39002284-APN-DNSA#ENACOM, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que el Artículo 93 de la Ley Nº 26.522 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará el PLAN NACIONAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL DIGITALES, en el cual se fijarán las condiciones de emisión durante la transición a los servicios de radiodifusión digitales; debiéndose mantener los derechos y obligaciones de los titulares de licencias obtenidas por concurso público para servicios abiertos analógicos, garantizando su vigencia y área de cobertura, en tanto se encuentren operativos y hasta la fecha de finalización del proceso de transición tecnológica que al efecto establezca el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que a través del Decreto Nº 1.148 de fecha 31 de agosto de 2009 (B.O. 1/09/2009), se creó el SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE (SATVD-T), basado en el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), el...

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