Resolución 495 - E. Modificación. Resolución N° 257\/2009.

Fecha de disposición05 Diciembre 2016
Fecha de publicación05 Diciembre 2016
SecciónResoluciones

Resolución 495 - E/2016

Modificación. Resolución N° 257/2009.

Buenos Aires, 29/11/2016

VISTO el Expediente EX\u20132016\u201303139344 del Registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995 y sus normas complementarias y concordantes, constituye el marco regulatorio del transporte automotor de pasajeros interurbano de jurisdicción nacional.

Que el Decreto Nº 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002 declaró el estado de emergencia del transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional, y brindó el marco para la instrumentación de ciertas medidas, como la reducción de frecuencias y la consolidación de servicios, estableciendo un mecanismo de determinación de la tarifa de referencia de los servicios, mediante la aplicación de una banda tarifaria.

Que mediante el artículo 6º del mencionado decreto se aprobaron las "NORMAS Y CARACTERISTICAS GENERALES RELATIVAS A LA RECATEGORIZACION DE LOS VEHICULOS Y A LA APLICACION DE BANDAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERJURISDICCIONAL QUE SE DESARROLLA EN TODO EL TERRITORIO DE LA NACION" y se dispuso que la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de Autoridad de Aplicación, puede modificar estas normas en el supuesto que fundadas razones de interés público lo requieran.

Que a través de las resoluciones Nros. 608 de fecha 1º de agosto de 2006, 498 de fecha 21 de agosto de 2007 y 726 de fecha 26 de septiembre de 2008, todas ellas de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, se estableció la aplicación de valores adicionales a la tarifa de referencia dispuesta por el Artículo 7º del Anexo II del Decreto Nº 2407/02.

Que sin perjuicio de lo precedentemente expuesto, mediante la Resolución Nº 726/08 se consignó la necesidad de profundizar la metodología de análisis de precios con estudios específicos para la aplicación futura de las tarifas de referencia de larga distancia, de manera tal de que se puedan trasladar beneficios de la competencia a corredores no competitivos y evitar conductas predatorias de precios que podrían afectar la prestación del servicio.

Que mediante la Resolución N° 257 de fecha 24 de noviembre de 2009, modificada por las Resoluciones Nros. 181 de fecha 23 de agosto de 2010 y 976 de fecha 20 de diciembre de 2012, y complementada por las Resoluciones N° 1516 de fecha 26 de noviembre de 2014, 926 de fecha 10 de junio de 2015, 1553 de fecha 19 de agosto de 2015 y 2779 de fecha 30 de noviembre de 2015 todas de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, en su Artículo 1° se determinó que la Tarifa de Referencia prevista por el artículo 7° del Anexo II del Decreto N° 2407/02 se calculará en función de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) que surja de la tarifa media por kilómetro relevada conforme lo dispuesto en el ANEXO I de dicha norma.

Que asimismo, el artículo 2° de la Resolución N° 257/09 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE y sus modificatorias, aprobó como metodología de cálculo para el relevamiento de las tarifas medias de los servicios de transporte automotor de pasajeros por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR