Resolucion 493

Fecha de disposición12 Junio 2008
Fecha de publicación12 Junio 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31425

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 493/2008

Registro Nº 361/2008

Bs. As., 7/5/2008

VISTO el Expediente Nº 1.237.862/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.237.862/07, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa SOCIEDAD ANONIMA CENTRO DE MOVIMIENTO DE ENERGIA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el contenido del mentado acuerdo está referido a la reducción horaria de 8 a 6 horas o equivalente, para el personal que se desempeña en Guardias Rotativas de Turno Continuado, a partir del 1º de septiembre de 2007.

Que conforme a los registros las partes han suscripto el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 796/06 'E'.CCT 433/75 - APDFA CON BELGRANO CARGAS S.A.

VIGENCIA 1º/11/07

CCT 433/75 - APDFA CON BELGRANO CARGAS S.A.

Expte. Nº 1.075.500/03

En la Nº 31.425 42

Jueves 12 de junio de 2008

Que respecto lo acordado, es dable señalar, que tanto el ámbito personal de aplicación como el territorial, quedan circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales firmantes del mismo.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que atento el tema del mismo procede homologar como acuerdo marco sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores afectados.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa SOCIEDAD ANONIMA CENTRO DE MOVIMIENTO DE ENERGIA...

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