Resolución 491/2015

Fecha de disposición17 Abril 2015
Fecha de publicación19 Junio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33154



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 491/2015Bs. As., 17/4/2015

VISTO el Expediente N° 1.627.621/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO AUSTRAL DE LUZ Y FUERZA por el sector sindical y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/4 del Expediente N° 1.627.621/14 y ha sido ratificado a fojas 15 y 16 de las mismas actuaciones.

Que la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (F.A.T.L. y F.) ha ratificado en forma el mentado acuerdo y peticionó su homologación, conforme surge del acta complementaria que consta a fojas 8 del sub examine.

Que se declaró formalmente constituida, entre las partes, la Comisión Negociadora propiciada para la negociación pretendida conforme surge de fojas 32 del Expediente citado en el Visto.

Que el acuerdo cuya homologación se solicita se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 36/75 y a través del mismo se establece un incremento salarial conformándose la nueva escala salarial y una suma fija remunerativa y bonificable, todo ello conforme los lineamientos allí establecidos.

Que se les ha reconocido legitimidad a las partes individualizadas en el primer párrafo del presente, para negociar colectivamente en el marco del plexo convencional citado, conforme surge de la Resolución Secretaria de Trabajo N° 1923, de fecha 16 de octubre de 2014.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se establece para los trabajadores representados por las entidades sindicales celebrantes, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 36/75 y que laboren para la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA.

Que en definitiva dicho ámbito se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en consideración la nueva escala salarial, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en...

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